Contraloría General de la República · N° 016969N13
Dictamen N° 16.969, de 18 de marzo de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 16.969 Fecha: 18-III-2013 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 30, de 2012, de la Dirección General de Aguas, Región Metropolitana, que constituye provisionalmente un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas en favor de la empresa que indica, por un caudal de 9,9 litros por segundo y un volumen total anual de 312.206,4 metros cúbicos, por cuanto ello se viene efectuando en virtud de la solicitud de reducción realizada por tal sociedad -en relación con lo inicialmente requerido por la misma, esto es, 50 litros por segundo- a través del recurso de reconsideración que dedujo en contra de la resolución N° 2, de 2012, de esa Dirección, que, considerando lo dispuesto en el artículo 147 bis del Código de Aguas, le otorgó un derecho de aprovechamiento por 0,1 litro por segundo. Lo anterior, por cuanto la tramitación del respectivo expediente concluyó con la dictación de la mencionada resolución N° 2, sin que sea posible que con posterioridad a ello, y mediante la interposición del aludido recurso, se efectúe una modificación a la petición ya resuelta por la autoridad, toda vez que tal proceder implica la presentación de una nueva solicitud de caudales que debe sustanciarse conforme a la preceptiva general que regula esa materia (aplica criterio contenido en el dictamen N° 16.814, de 1997, de este Organismo de Control). Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 016969N13, de 18 de marzo de 2013.
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