Contraloría General de la República · N° 041749N13
Dictamen N° 41.749, de 1 de julio de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 41.749 Fecha: 01-VII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Gladys Novoa Morales, solicitando un pronunciamiento relativo a la legalidad del accionar de la Dirección de Obras de la Municipalidad de La Florida, quien hasta la fecha no le ha otorgado la recepción definitiva de las obras ejecutadas en la propiedad que indica, bajo el amparo del permiso de edificación N° 76, de 1993, debido a que, según expone, se habría extraviado el pertinente expediente de tramitación. Agrega, que el Tercer Juzgado de Policía Local de esa comuna, le concedió ciento veinte días para obtener dicha certificación, y que en reiteradas oportunidades ha requerido al municipio regularizar tal situación, sin obtener una respuesta favorable a su petición. El aludido municipio, por su parte, informó al tenor de lo solicitado, que la recepción final del permiso de edificación señalado, no se le otorgó a la peticionaria, en atención a que las observaciones que se efectuaron al inmueble para ese fin, no fueron resueltas, dejándose abandonada su tramitación por un largo período, razón por la cual, mediante decreto exento N° 2.142, de 1999, se procedió a la eliminación del respectivo expediente. Añade, que por el irregular funcionamiento del establecimiento de la recurrente, se le han cursado dos infracciones, las que fueron remitidas al Segundo y Tercer Juzgado de Policía Local de La Florida. Por último, agrega que con fecha 8 de mayo de 2013, remitió informe sobre el particular al primero de los mencionados tribunales. Sobre la materia, considerando lo expuesto por la interesada y la indicada entidad edilicia, así como los antecedentes tenidos a la vista, cumple con señalar que este Organismo de Control debe abstenerse de dar respuesta al requerimiento formulado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 041749N13, de 1 de julio de 2013.
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