Contraloría General de la República · N° 077889N16
Dictamen N° 77.889, de 21 de octubre de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 77.889 Fecha: 21-X-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Pilar Oyarzún Jay, funcionaria de la Dirección General del Crédito Prendario -DICREP-, consultando si su diploma de Secretaria Ejecutiva en Castellano, conferido en el año 1997 por el Centro de Estudios Manpower, le permitiría ocupar un cargo profesional, grado 9 de la E.U.S., en ese organismo. Requerido su informe, la Subsecretaría de Educación manifestó que el Centro de Estudios Manpower carece de reconocimiento oficial del Estado como institución de educación superior, el cual solo fue otorgado a una entidad distinta, denominada Centro de Formación Técnica Manpower. Por su parte, la DICREP señaló que, en su concepto, el diploma de la interesada no le permite ser contratada en el empleo en estudio. Sobre el particular, cabe recordar que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 3°, número 3, letra a), de la ley N° 19.269, para optar al aludido cargo se requiere, en lo atinente, poseer un título profesional o técnico en las áreas de auditoría o contabilidad, con desempeño en el área de 5 años a lo menos. Luego, es necesario destacar que la normativa que regula la materia, actualmente contenida en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, solo contempla los títulos técnicos de nivel superior, los cuales pueden ser otorgados por los establecimientos de educación superior reconocidos oficialmente y que se encuentran indicados en el artículo 52 de ese cuerpo normativo, y los títulos técnicos de nivel medio, los que, según precisa el artículo 40 de ese texto legal, son conferidos por esa Secretaría de Estado a quienes egresan de la formación técnico profesional. En consecuencia, dado que el diploma de la especie no fue concedido por un establecimiento de educación superior que cuente con reconocimiento oficial, o por el Ministerio de Educación, al término de la enseñanza técnico-profesional, cabe colegir que no posee el carácter de título técnico de nivel superior ni de nivel medio y, por ende, no resulta útil para ocupar el empleo por el que se consulta. Transcríbase a la Subsecretaría de Educación y a la Dirección General de Crédito Prendario. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 077889N16, de 21 de octubre de 2016.
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