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Contraloría General de la República · N° 046066N13

Dictamen N° 46.066, de 22 de julio de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 46.066 Fecha: 22-VII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Alfonso Jaime Alberto Escribano Arredondo, exfuncionario del Hospital Carlos Van Buren, dependiente del Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio, actualmente pensionado del Instituto de Previsión Social, solicitando el cese de los descuentos ordenados por la resolución N° 491, de 12 de agosto de 2005 y por el oficio N° 1.920, de 14 de enero de 2009, ambos de esta procedencia, requiriendo, además, la devolución de las sumas pagadas en exceso al mencionado organismo de previsión. Al respecto, cumple con manifestar que mediante la citada resolución se dispuso que el recurrente debía devolver $ 9.362.100, por haber percibido la asignación de responsabilidad en un monto superior al que le correspondía, entre septiembre de 2002 y noviembre de 2004, cantidad equivalente a 304,9345 U.T.M., en 60 (sesenta) parcialidades, cada una de ellas de 5,0822 U.T.M. Posteriormente, con ocasión del estudio de legalidad de la resolución N° AP-3072, de 2008, del Instituto de Previsión Social, que concedió jubilación al señor Escribano Arredondo, este Órgano de Control ordenó, mediante el oficio N° 1.920, de 2009, la devolución de 248,65 U.T.M., ya que no constaba el reintegro indicado precedentemente, señalando, para esos efectos, que se le efectuaran descuentos mensuales ascendentes a 2,3901 U.T.M, sobre su pensión. Ahora bien, requeridos de informes, el Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio y el Instituto de Previsión Social, han acompañado antecedentes que acreditan que el interesado ha reintegrado un monto de 327,2958 U.T.M, pagando con ello 22,3613 U.T.M. por sobre la deuda que mantenía, por lo que ese instituto debe abstenerse de continuar efectuando las referidas deducciones. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio deberá arbitrar las medidas correspondientes para devolver al señor Escribano Arredondo la suma que ha pagado en exceso, de lo cual deberá informar oportunamente a este Organismo Fiscalizador, el que procederá a levantar el cargo pecuniario registrado en contra del afectado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 046066N13, de 22 de julio de 2013.

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