Contraloría General de la República · N° 024463N13
Dictamen N° 24.463, de 22 de abril de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 24.463 Fecha: 22-IV-2013 Se han reingresado para su toma de razón las resoluciones N°s. 4222 y 4366, ambas de 2012, del Servicio de Salud Metropolitano Oriente , que modifican la resolución N° 4.310, de 2011, del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, que dispuso el ascenso en la Planta de Técnicos de esa entidad, para incorporar a las funcionarias que indica, quienes no acreditaron los requisitos legales para ser promovidas en aquella oportunidad, y excluyendo a otras servidoras que sí estaban consideradas en aquél documento. A modo preliminar, cabe recordar que las resoluciones señaladas fueron representadas por este Organismo Contralor mediante el oficio N° 69.880, de 2012, por estimar que no procedía la invalidación de la citada resolución N° 4.310, de 2011. Sobre el particular, es dable manifestar que de acuerdo a lo previsto en el artículo 53 de la ley N° 19.880, la autoridad podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, previa audiencia del interesado, siempre que lo haga dentro de los dos años contados desde la notificación o publicación del acto. En este sentido, corresponde hacer presente que la resolución N° 4.310, de 2011, del citado servicio, fue tomada razón por esta Entidad Fiscalizadora el 26 de junio de 2012, atendido que, según se pudo analizar en aquella oportunidad, ésta se encontraba ajustada a derecho, toda vez que, en lo que interesa, en virtud de ella se ascendieron a los funcionarios que a la fecha de dicho acto reunían los requisitos educacionales que exige la ley, criterio que resulta concordante con lo manifestado en el dictamen N° 32.694, de 2011, de este origen. Como puede advertirse, en la especie no concurren los presupuestos exigidos en el citado artículo 53 de la ley N° 19.880, ya que el acto administrativo que se pretende modificar no es contrario a derecho, a diferencia de lo acaecido en el caso a que se refiere el dictamen N° 1.166, de 2013, de este origen. Por consiguiente, atendido lo expuesto, se representan nuevamente las resoluciones citadas. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 024463N13, de 22 de abril de 2013.
Artículos que cita
Más sobre Invalidación y Recursos Administrativos
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
-
La Contraloría revisa un recurso extraordinario de revisión contra oficios que no objetaron la recepción definitiva de un edificio en San Joaquín. Concluye que no se configura ninguna causal legal y desestima el recurso, al reiterar el recurrente antecedentes ya considerados.
-
La Contraloría concluye que es legal la revocación de la pensión de gracia del reclamante, pues el Presidente tiene la atribución privativa de otorgarlas y dejarlas sin efecto, y la decisión está suficientemente fundada en los antecedentes penales y en los criterios de la Comisión Asesora, por lo que no es arbitraria.
Todos los pronunciamientos sobre Invalidación y Recursos Administrativos
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Organización y Procedimiento Administrativo, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Organización y Procedimiento Administrativo¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.