Contraloría General de la República · N° E123179N25
Dictamen N° E123179, de 22 de julio de 2025
Sumario
La Contraloría no da curso al instrumento del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que modifica cuatro decretos sobre subsidios habitacionales, por no ajustarse a derecho: no cumple el artículo 18 de la Ley de Migración y Extranjería, exige a extranjeros acreditar un hecho negativo que a los chilenos se les pide por declaración jurada, y omite adecuar otras normas del decreto N° 1, de 2011, al nuevo plazo de diez años.
Texto del pronunciamiento
N° E123179 Fecha: 22-07-2025 E sta Contraloría General no ha dado curso al instrumento de la suma, que modifica los decretos N°s. 1 y 49, de 2011, 10, de 2015, y 19, de 2016, todos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo -que reglamentan el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, y los programas Fondo Solidario de Elección de Vivienda, de Habitabilidad Rural y de Integración Social y Territorial, respectivamente-, toda vez que no se ajusta a derecho. En efecto, sobre la materia cabe hacer presente que los textos reglamentarios en estudio no se ajustan al artículo 18 de la ley N° 21.325, Ley de Migración y Extranjería. A su turno, en relación con los postulantes extranjeros, no es procedente exigir la acreditación de un hecho negativo -por medio de los documentos apostillados o legalizados que se indican-, si se considera que, tratándose de postulantes de nacionalidad chilena, el requisito se cumple a través de una declaración jurada. Finalmente, tratándose de la modificación efectuada al citado decreto N° 1, de 2011, consistente en aumentar de cinco a diez años el plazo por el cual el beneficiario no podrá enajenar la vivienda ni celebrar acto o contrato alguno que importe la cesión de su uso y goce, se ha omitido realizar las pertinentes adecuaciones a lo prescrito en los artículos 33, letra c), 34, letra b), y 41, inciso segundo, del referido decreto. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E123179N25, de 22 de julio de 2025.
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