Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 078212N11

Dictamen N° 78.212, de 15 de diciembre de 2011

Texto del pronunciamiento

N°78.212 Fecha: 15-XII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Marta Jorquera Quezada, exdocente de la Municipalidad de El Bosque, solicitando se determine si tiene derecho a percibir la indemnización contemplada en el artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070, sobre Estatuto de los Profesionales de la Educación, conjuntamente con la bonificación por retiro voluntario establecida en el artículo 2° transitorio de la ley N° 20.158, de conformidad con la jurisprudencia administrativa de este Organismo Contralor emitida sobre la materia. La recurrente hace presente que requirió judicialmente el pago del beneficio pecuniario que reclama, proceso en el cual la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel dictó sentencia favorable a su pretensión, la que posteriormente la Excma. Corte Suprema revocó. Sobre el particular, cabe manifestar que, tal como se precisó en el dictamen N° 48.218, de 2011, tratándose de los profesores que se acogieron al referido artículo 2° transitorio de la ley N° 20.158 y que, para los fines de percibir la indemnización del citado artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070, dedujeron acciones ante los Tribunales de Justicia, conforme con lo ordenado en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, en concordancia con el inciso tercero del artículo 54 de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, esta Entidad Fiscalizadora está impedida de intervenir en tales situaciones, por tratarse de asuntos sometidos al conocimiento de un órgano jurisdiccional, de manera que en esos casos, deberá estarse a los resultados de los procesos judiciales correspondientes, sin perjuicio que producto del efecto relativo de las sentencias judiciales -al tenor de lo dispuesto en el artículo 3° del Código Civil-, las mismas no afectan la plena vigencia de la jurisprudencia administrativa de este Organismo Contralor. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 078212N11, de 15 de diciembre de 2011.

Artículos que cita

Más sobre Dictámenes y Cambio de Criterio

  • 29 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF205357

    La Contraloría rechaza la reconsideración del dictamen N° 9.545 de 2013, confirmando que las licencias médicas no autorizadas, rechazadas o invalidadas constituyen ausencias injustificadas que impiden cobrar la cuota de la asignación del artículo 1° de la ley N° 19.490, y que en la asignación del artículo 83 del DFL N° 1 de 2005 corresponde descontar los días no trabajados.

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D430

    El Ministerio de Bienes Nacionales puede pactar de común acuerdo la partición de una herencia en la que el Fisco es comunero, sin autorización judicial previa, salvo que otro comunero esté bajo tutela o curaduría, caso en que la partición debe aprobarse después por la justicia. Se reconsidera el dictamen N° 10.941, de 1995.

  • 28 de septiembre de 2026

    Dictamen N° OF183183

    La Contraloría rechaza el recurso extraordinario de revisión de Bitumix contra el oficio que negó el reajuste excepcional del decreto N° 177/2022, pues no se configura ninguna causal legal y los antecedentes reiteran los ya considerados.

Todos los pronunciamientos sobre Dictámenes y Cambio de Criterio

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la Contraloría

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium