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Contraloría General de la República · N° 064472N12

Dictamen N° 64.472, de 17 de octubre de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 64.472 Fecha: 17-X-2012 Se ha dirigido a esta Sede de Control el Presidente del Senado señor Camilo Escalona Medina, solicitando un pronunciamiento que incide en la falta de reglamentación del artículo 159 bis de la Ley General de Urbanismo y Construcciones -aprobada por el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo-, precepto introducido a ese cuerpo normativo por el artículo 1° de la ley N° 20.296, que establece disposiciones para la instalación, mantención e inspección periódica de los ascensores y otras instalaciones similares. Al respecto, cumple este Organismo Fiscalizador con consignar que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con fecha 2 de enero de 2010, ingresó a trámite de toma de razón su decreto N° 45, de 2009, que, con la finalidad de establecer la reglamentación por la que se consulta, modificaba el decreto N° 47, de 1992, de esa Secretaría de Estado -Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones-, instrumento que fue representado mediante el oficio N° 23.425, de 2010, de este origen, por las razones que en él se expresan. Asimismo, cabe anotar que, posteriormente, con fecha 29 de julio de ese último año, el singularizado Ministerio ingresó a control previo de juridicidad su decreto N° 87, de 2010 -emitido con la finalidad aludida-, el que también fue objeto de representación por parte de este Ente de Fiscalización, a través de su oficio N° 55.491, de 2010, por los motivos que en dicho documento se exponen. Finalmente, es del caso señalar que con ocasión de la presentación que se atiende, este Órgano de Control requirió un informe sobre el particular a la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, el que ésta evacuó mediante su oficio N° 547, de 2012 -cuya fotocopia se adjunta, al igual que las referidas a los citados oficios N°s. 23.425 y 55.491-, y en el que, en lo esencial, esa repartición pública manifiesta que actualmente se encuentra trabajando en la elaboración y estudio de la normativa reglamentaria en comento. Ello, en conjunto con el Instituto de la Construcción, atendida la complejidad técnica de los aspectos que es necesario regular. Lo anterior es cuanto corresponde informar a esta Contraloría General, en el ámbito de su competencia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 064472N12, de 17 de octubre de 2012.

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