Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 095772N15

Dictamen N° 95.772, de 2 de diciembre de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 95.772 Fecha: 02-XII-2015 Con ocasión de un reclamo de don Marcelo Schudeck R., en orden a que la Gobernación Provincial de Maipo no habría atendido el requerimiento de auxilio de la fuerza pública efectuado por la Dirección de Vialidad a fin de dar cumplimiento a la resolución exenta N° 186, de 2012, de ese último servicio -en la que se dispuso la reapertura y despeje total del camino interior del proyecto de parcelación CORA “La Victoria, El Acacio y La Cruz”, de Calera de Tango-, esta Contraloría General emitió su dictamen N° 55.445, de 2015. En dicho pronunciamiento, luego de recordarse que a raíz de análogas alegaciones del interesado, esta sede de control concluyó, en lo sustancial -en sus dictámenes N°s. 88.600, de 2014, y 27.948, de 2015- que correspondía que la aludida gobernación provincial otorgara el auxilio de la fuerza pública solicitado, se consignó que, en relación con lo anterior, y a través de su oficio N° 215, de 29 de mayo del mismo año, esa repartición informó a esta entidad contralora que procedió a la dictación de la resolución exenta N° 250, de 26 de mayo de esa anualidad, por medio de la cual concedió el auxilio de la fuerza pública, con facultades de allanamiento y descerrajamiento, para la reapertura y desocupación total del camino interior en comento, la que habría sido remitida a la Dirección de Vialidad, a la 14° Comisaría de Carabineros de Chile de San Bernardo y a la Subcomisaría de Calera de Tango. En tales condiciones, en el singularizado dictamen N° 55.445 esta sede de fiscalización anotó que “entiende, en los aspectos de su competencia, que la situación planteada por el recurrente está siendo atendida, por lo que no resulta pertinente emitir un pronunciamiento a su respecto”. Ahora bien, en esta oportunidad el recurrente ya individualizado se ha dirigido nuevamente a esta instancia de control manifestando, en lo esencial, que la situación que lo afecta “no puede considerarse en absoluto como la solución definitiva del conflicto”, dado que “solo podemos asegurar que una patrulla de Carabineros concurrirá al sitio del suceso cuando sea requerida a futuro, siempre y cuando no existan entremedio acciones judiciales o de otra índole, que paralicen dicha acción”. En virtud de ello, reitera los planteamientos que ha formulado en sus anteriores presentaciones, en el sentido de que “Todos los Organismos del Estado, Administrativos, Jurídicos deberán reconocer la plena y total validez del Proyecto de parcelación Cora ya citado”; que “los Organismos del Estado deberán ordenar las acciones necesarias para restituir el estado de derecho: sancionar a los que resulten responsables y corregir, enmendar o borrar las inscripciones fraudulentas”; que “El propietario de la Parcela N° 44 deberá ser indemnizado moralmente por los 20 años en que sus Garantías Constitucionales no han sido respetadas”; que el Estado, en el evento que indica, debe proceder a la compra de la parcela de su propiedad, y consulta si esta Contraloría General está dispuesta a “dar solución total, integral, definitiva a este litigio que dura más de 20 años, sin que queden cabos sueltos de ninguna naturaleza”. Ahora bien, considerando que los aspectos antes reseñados constituyen materias ajenas a la competencia de esta Sede de Control, y habida cuenta de que no se aportan antecedentes o elementos de juicio diversos de los ponderados al emitirse los pronunciamientos a que se ha hecho mención, cuyo examen amerite variar lo anotado en los mismos, no procede innovar respecto de lo manifestado en aquellos dictámenes. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 095772N15, de 2 de diciembre de 2015.

Más sobre Permisos de Edificación y Urbanización

  • 28 de septiembre de 2026

    Dictamen N° D423

    La Contraloría determina qué órgano aprueba los estudios fundados exigidos para edificar en el área de riesgo "Sector A.R." de Viña del Mar, contaminada por hidrocarburos. Concluye que, por tratarse de un riesgo para la salud, corresponde a la Seremi de Salud aprobarlos y verificar las medidas de mitigación.

  • 17 de septiembre de 2026

    Dictamen N° D418

    La Contraloría confirma que el SERVIU no puede exigir un proyecto de accesibilidad universal para revisar pavimentaciones derivadas de un IMIV, aunque debe verificar el cumplimiento de la OGUC; además, la DOM fiscaliza la accesibilidad desde el inicio de las obras.

  • 15 de septiembre de 2026

    Dictamen N° OF177256

    La Contraloría revisa un recurso extraordinario de revisión contra oficios que no objetaron la recepción definitiva de un edificio en San Joaquín. Concluye que no se configura ninguna causal legal y desestima el recurso, al reiterar el recurrente antecedentes ya considerados.

Todos los pronunciamientos sobre Permisos de Edificación y Urbanización

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Urbanismo y Vivienda, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Urbanismo y Vivienda

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium