Contraloría General de la República · N° E92705N25
Dictamen N° E92705, de 5 de junio de 2025
Sumario
La Contraloría concluye que, aunque los permisos de edificación otorgados bajo el sistema de agrupamiento continuo en Estación Central son contrarios a la normativa vigente, al estar aún vigentes pueden modificarse si ello reduce las especificaciones máximas o aumenta las mínimas.
Texto del pronunciamiento
N° E92705 Fecha: 05-06-2025 La Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado solicita que se le remitan los antecedentes relativos a la situación que afecta a los permisos de edificación (PE) N°s. 120-2015, 221-2016 y 222-2016, otorgados por la Dirección de Obras Municipales de Estación Central, y que se emita un informe al respecto. Sobre la materia, cabe señalar que mediante el dictamen N° 43.367, de 2017, y con motivo de diversos reclamos vinculados, entre otros, con los inmuebles respecto de los cuales se emitieron los PE por los que se consulta, esta Contraloría General concluyó, en lo medular, que si una determinada zona no se encuentra regida por una norma urbanística de altura máxima, en ella no es posible utilizar el sistema de agrupamiento de edificación continua, toda vez que, por definición, este sistema requiere de aquella. Enseguida, a través del dictamen N° 44.959, de 2017, relativo a las normas urbanísticas que regían, entre otros, a los PE N° 221 y 222, de 2016 -según da cuenta el respectivo expediente-, se indicó que en la medida de que tales autorizaciones correspondieran al sistema de agrupamiento continuo -el que no era factible de aplicar en razón de la falta de regulación de altura en el respectivo instrumento de planificación territorial-, procedía que ese municipio arbitrara las acciones que resultaran del caso, informando de ello a esta Sede de Fiscalización. En ese contexto, la Municipalidad de Estación Central dio cuenta de 27 PE acogidos al sistema de agrupamiento continuo, entre ellos los referidos PE N°s. 221 y 222. Luego, por medio del dictamen N° 27.918, de 2018, y por los motivos que en el mismo se consignan, esta Sede de Control concluyó que tales permisos fueron otorgados en contravención a la normativa vigente a la época, por lo que se reiteró al municipio dar cumplimiento a lo dispuesto en el citado dictamen N° 44.959. Por último, y a través del dictamen N° E552568, de 2024, esta Contraloría General concluyó que los PE aprobados bajo el sistema de agrupamiento continuo que estuvieren vigentes por no haber sido invalidados por la autoridad -entre los que se encuentran aquellos permisos por los que se consulta-, no obstante la inaplicabilidad de ese tipo de agrupamiento en la comuna de Estación Central, pueden ser modificados en la medida de un cambio que importe una disminución en las especificaciones máximas, o un aumento de especificaciones mínimas, ya que ello no representaba una innovación contraria a la normativa respecto de la situación de la edificación que puede erigirse al amparo de tales permisos. Conforme a lo expresado, se adjunta copia de los citados dictámenes N°s. 43.367, 44.959, 27.918 y E552568. Además, se acompañan copias de los PE N°s. 120, 221 y 222, y sus respectivas modificaciones, y de los informes N°s. 211 y 444, ambos de 2025, de la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo y de la Dirección de Obras Municipales de Estación Central, respectivamente, vinculados con la materia. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E92705N25, de 5 de junio de 2025.
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