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Contraloría General de la República · N° 050464N11

Dictamen N° 50.464, de 10 de agosto de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 50.464 Fecha: 10-VIII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Directora Regional del Maule de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, para solicitar un pronunciamiento que determine si el título de Asistente de Educación Parvularia y Básica, otorgado por el Instituto Profesional La Araucana, es válido para efectos del D.F.L. N° 1, de 2009, del Ministerio de Educación, que modifica los requisitos de ingreso y promoción del personal de la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Como cuestión previa, es menester indicar que esta Entidad de Control entiende que la peticionaria se refiere a la posibilidad de que el título de que se trata, habilite a quien lo posee para ser designado en la Planta Técnica del Servicio. Precisado lo anterior, es menester indicar que el artículo 1° del mencionado decreto con fuerza de ley, previene, en relación con la Planta Técnica, Escalafón Técnicos en Educación Parvularia, que para acceder a uno de los cargos que integran éste, se debe estar en posesión, alternativamente, de un título técnico de nivel superior o uno técnico de nivel medio, afín con la especialidad del escalafón, siempre que se cumplan los requisitos de experiencia y funciones allí señalados. Luego, cabe señalar que la letra a) del artículo 54 del D.F.L. N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación -que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370, con las normas no derogadas del D.F.L. N° 1, de 2005, del mismo origen-, define al título de técnico de nivel superior como el que se otorga a un egresado de un centro de formación técnica o de un instituto profesional que ha aprobado un programa de estudios de una duración mínima de mil seiscientas clases, que le confiere la capacidad y conocimientos necesarios para desempeñarse en una especialidad de apoyo al nivel profesional. Enseguida, de los antecedentes tenidos a la vista aparece que el referido Instituto Profesional imparte, con el carácter de técnico de nivel superior, la aludida carrera de Asistente de Educación Parvularia y Básica, con una duración de cuatro semestres y un total de 1.602 horas, diploma que, conforme a lo señalado, tiene la condición de técnico de nivel superior. En consecuencia, con el mérito de los antecedentes tenidos a la vista, cabe concluir que el título técnico de nivel superior de Asistente de Educación Parvularia y Básica, otorgado por el Instituto Profesional La Araucana, tiene uno de los niveles educacionales que, alternativamente, exige el citado D.F.L. N° 1, de 2009, del Ministerio de Educación y, según se desprende de su sola denominación, es afín a la especialidad del Escalafón Técnicos en Educación Parvularia de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, por lo que habilita a quien lo posea para ser designado en éste, en la medida, por cierto, que se acrediten los demás requisitos exigidos por la normativa que regula la materia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 050464N11, de 10 de agosto de 2011.

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