Contraloría General de la República · N° 001929N17
Dictamen N° 1.929, de 19 de enero de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 1.929 Fecha: 19-I-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Ministro de Defensa Nacional, quien solicita se autorice designar un funcionario del Estado Mayor Conjunto para desempeñar el rol de administrador del sistema de declaraciones de intereses y patrimonio. Como cuestión previa, es dable señalar que de conformidad con el artículo 10 de la ley N° 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses, la Contraloría General de la República fiscaliza la oportunidad, integridad y veracidad del contenido de la declaración de intereses y patrimonio respecto de los sujetos señalados en su artículo 4°. Luego, el artículo 4° de su reglamento -aprobado mediante el decreto supremo N° 2, de 2016, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia-, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 6° de la apuntada ley, señala que las declaraciones de intereses y patrimonio y sus actualizaciones deberán efectuarse a través de un formulario único, que será puesto a disposición de los sujetos obligados a declarar a través de un sistema de información determinado por el órgano al que corresponda fiscalizar dichas declaraciones conforme a la ley. En cumplimiento de dicha normativa, la Contraloría General desarrolló el Sistema de Información de Declaración de Intereses y Patrimonio, denominado DIP, que permite el acceso permanente de los declarantes al mencionado formulario, su contenido, a los campos requeridos y a las declaraciones efectuadas; la interoperabilidad con las bases de datos del Estado que contengan la información requerida en la declaración; y la publicación de las declaraciones. Para dar cumplimiento a lo anterior esta Entidad de Control Superior, mediante el oficio N° 56.670, de 2016, solicitó a todos los ministros, subsecretarios, jefes superiores de servicio, alcaldes, gerentes y rectores la designación de funcionarios para administrar el referido sistema, de conformidad a los términos que ahí se indicaban. Aclarado lo anterior, es necesario referirse ahora a la naturaleza del Estado Mayor Conjunto. Sobre la materia, el artículo 4° de la ley N° 20.424, estatuto orgánico del Ministerio de Defensa Nacional, indica que la organización de esa Secretaría de Estado será la siguiente: el Ministro de Defensa Nacional, la Subsecretaría de Defensa, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas y el Estado Mayor Conjunto. Luego, su artículo 25 señala que el Estado Mayor Conjunto es el organismo de trabajo y asesoría permanente del Ministro de Defensa Nacional en materias que tengan relación con la preparación y empleo conjunto de las Fuerzas Armadas, sin precisar si se trata o no de un servicio centralizado o descentralizado. Ahora bien, para los efectos de lo dispuesto en la aludida ley N° 20.880 y su reglamento, es procedente considerar al Estado Mayor Conjunto como un servicio, y por lo tanto esa entidad deberá designar dos funcionarios (uno titular y uno subrogante) para cumplir el rol de ‘administrador’ del mencionado sistema. Sus labores serán gestionar el acceso de los declarantes al sistema, administrar el listado de cargos y grados, y coordinarse con la administración del sistema DIP en esta Entidad de Control. Para dar cumplimiento a lo expuesto, el Estado Mayor Conjunto deberá señalar el RUN, nombre completo, correo electrónico institucional y cargo de los funcionarios que sean designados administradores del sistema, datos que deberán ser remitidos al correo electrónico [email protected] . Finalmente, para los efectos de las notificaciones que debe realizar esta Contraloría General al Estado Mayor Conjunto, se requiere enviar una casilla de correo electrónico institucional. Transcríbase al Estado Mayor Conjunto Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 001929N17, de 19 de enero de 2017.
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