Contraloría General de la República · N° 051676N10
Dictamen N° 51.676, de 3 de septiembre de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 51.676 Fecha: 03-IX-2010 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 374, de 2010, de la Dirección de Logística del Ejército, mediante el cual se delega en el director del Hospital Militar de Santiago la facultad de adquirir insumos médicos con cargo a recursos del Fondo Rotativo de Abastecimiento del Ejército por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que dicha delegación no significa una transferencia de recursos y, por ende, los bienes que se compren así como la eventual retribución económica que se perciba por el uso o disposición de los mismos, deben entenderse incorporados al referido fondo, de acuerdo con el artículo 2°, de la ley N° 16.256, cuyo nuevo texto se fijó en el decreto ley N° 1.277, de 1975, del Ministerio de Defensa Nacional, en relación con el artículo 7°, letra n), del decreto N° 317, de 1976, de ese mismo origen, que aprueba el reglamento de dicho cuerpo normativo. Por otro lado, corresponde señalar que el acto administrativo en examen carece del carácter de reservado que se le otorga, toda vez que no se advierte el fundamento legal en que se sustenta dicha condición. Al respecto, cabe hacer presente que esa repartición debe arbitrar las medidas para que, en lo sucesivo, cuando un acto administrativo tenga el carácter de secreto o reservado de conformidad con lo previsto en el artículo 8° de la Constitución Política de la República, ello se consigne expresamente en la motivación del acto, señalando los fundamentos y la norma legal que ampara dicha condición, tal como se ha indicado en los dictámenes N°s. 63.580, de 2009; 18.392 y 18.393, de 2010, de esta Contraloría General. Finalmente, se debe manifestar que la facultad que se viene delegando por parte del Director de Logística del Ejército se desprende de los artículos 1° y 2°, de la ley N° 18.928, en relación con el artículo 5° del decreto N° 317, de 1976, ya citado. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del documento estudiado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 051676N10, de 3 de septiembre de 2010.
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