Contraloría General de la República · N° 048976N15
Dictamen N° 48.976, de 18 de junio de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 48.976 Fecha : 18-VI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Eduardo Sánchez Zavala, funcionario de la Subsecretaría de Educación, solicitando que se instruya un procedimiento disciplinario tendiente a indagar la eventual responsabilidad administrativa del Secretario Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, por el descuento que se verificó en sus remuneraciones de noviembre de 2014, por concepto de licencias médicas rechazadas, el cual fue dejado sin efecto en virtud de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago. Requerido de informe, la mencionada dependencia y la Subsecretaría de Educación manifestaron, en síntesis, que la referida rebaja de rentas se ajustó a la normativa aplicable. Al respecto, resulta necesario hacer presente que, conforme a lo establecido en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, esta Contraloría General se encuentra impedida de emitir un pronunciamiento sobre lo consultado, -conclusión armónica con lo indicado en los dictámenes N os 34.282 y 41.547, ambos de 2015, de este origen-, debiendo estarse a lo resuelto en definitiva por la judicatura correspondiente. No obstante, en lo que dice relación con el procedimiento sumarial solicitado por el recurrente, corresponde recordar que, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 126, 128 y 129 de la ley N° 18.834, y según el criterio contenido en el dictamen N° 42.627, de 2013, de esta Institución Fiscalizadora, entre otros, es la superioridad dotada de la potestad disciplinaria la que debe evaluar si los hechos denunciados por el reclamante son susceptibles de ser castigados con una sanción administrativa, por lo que la autoridad competente tendrá que ponderar la procedencia de iniciar una investigación por la situación de la especie. Transcríbase a la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana y a la Subsecretaría de Educación. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 048976N15, de 18 de junio de 2015.
Artículos que cita
Más sobre Licencias Médicas
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El dictamen concluye que, durante el permiso de la ley SANNA, el subsidio reemplaza la remuneración y no procede pagar ambas, aunque el subsidio sea menor. Por eso el Hospital actuó correctamente al exigir la restitución de las remuneraciones pagadas.
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La Contraloría rechaza la reconsideración del dictamen N° 9.545 de 2013, confirmando que las licencias médicas no autorizadas, rechazadas o invalidadas constituyen ausencias injustificadas que impiden cobrar la cuota de la asignación del artículo 1° de la ley N° 19.490, y que en la asignación del artículo 83 del DFL N° 1 de 2005 corresponde descontar los días no trabajados.
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La Contraloría determina cómo registrar contablemente la variación de la UTM y los intereses de deudas por licencias médicas rechazadas: la UTM incrementa la cuenta 12101 Deudores contra ingresos patrimoniales, y los intereses se devengan en la cuenta 11508, traspasándose luego a la Tesorería General.
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