Contraloría General de la República · N° 052157N14
Dictamen N° 52.157, de 9 de julio de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 52.157 Fecha: 09-VII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Vicente Arturo Calderón Álvarez, abogado, en representación del señor Mario Reinaldo Carabantes Agüero, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando se invalide el sumario administrativo, a cuyo término se confirmó la baja por conducta mala, con efectos inmediatos, aplicada a su mandante, el que, sin embargo, en opinión de esa entidad, se ajustaría a las normas que rigen dichos procesos. En primer lugar, en cuanto a que no se hubiese practicado una diligencia probatoria solicitada por el interesado, es menester indicar que, tal como lo precisó este Organismo Fiscalizador, en sus dictámenes N os 34.144, de 2011, y 22.435, de 2013, el instructor de un proceso disciplinario debe acceder a esas diligencias si ellas resultan útiles, pertinentes y plausibles para esclarecer los sucesos y para determinar la responsabilidad del investigado, por lo que puede negarse a ellas. Luego, respecto a que ciertas actuaciones se le habrían notificado en un lugar distinto al de la residencia del señor Carabantes Agüero, es menester precisar que el artículo 46, inciso segundo, de la ley N° 19.880, establece que aquella diligencia se hará mediante carta certificada dirigida al domicilio que el interesado hubiere designado, el que, acorde con el criterio del dictamen N° 78.963, de 2011, de este origen, es el que aquél fija en su declaración, tal como ha sucedido en la especie, por lo que no se advierte la irregularidad que se denuncia. Por consiguiente, cabe concluir que el proceso sumarial en virtud del cual se confirmó la eliminación del señor Mario Reinaldo Carabantes Agüero, se ajustó a derecho. Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 052157N14, de 9 de julio de 2014.
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