Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 033168N10

Dictamen N° 33.168, de 18 de junio de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 33.168 Fecha: 18-VI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Ricardo Chávez Zapata, funcionario del Instituto de Previsión Social, para reclamar en contra de la Autoridad, quien, supuestamente, no adoptó las medidas necesarias para investigar y sancionar una aparente situación de acoso laboral que sufriría de parte de otro servidor, todo lo cual, según agrega, ya habría denunciado conforme al procedimiento interno de la institución. Sobre el particular, cumple con manifestar que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la Jefatura Superior de la aludida repartición ha dispuesto la instrucción de un proceso sumarial destinado a investigar los hechos alegados por el recurrente, siendo dable agregar que esté Organismo de Control se pronunciará sobre la legalidad de dicho procedimiento, en la oportunidad en que aquél, y el respectivo acto administrativo de término que lo afine, sean remitidos para el trámite de toma de razón, si ello fuere procedente, de conformidad con lo previsto en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 033168N10, de 18 de junio de 2010.

Más sobre Acoso Laboral y Sexual

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D429

    La Contraloría concluye que la circular de la SUSESO que exige registrar datos personales sensibles de denunciantes de la Ley Karin es desproporcionada, y ordena ajustarla para pedir solo la cantidad de denuncias y las medidas adoptadas, sin esos datos.

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D440

    La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general de publicidad, los expedientes afinados por acoso laboral o sexual o violencia en el trabajo están reservados y no pueden entregarse a terceros, ni siquiera disociados, salvo autorización de los titulares de los datos.

  • 1 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF186512

    El IND es el órgano con potestad para fiscalizar el cumplimiento del artículo 6° de la ley N° 20.019 sobre el protocolo contra acoso, abuso, discriminación y maltrato en el deporte. Su incumplimiento se sanciona conforme al artículo 39, pudiendo eliminarse a la organización del registro si pierde la membresía de la liga.

Todos los pronunciamientos sobre Acoso Laboral y Sexual

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium