Contraloría General de la República · N° 068042N13
Dictamen N° 68.042, de 22 de octubre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 68.042 Fecha: 22-X-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Gladys Rivera Vega, funcionaria de la Tesorería General de la República, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 12.478, de 2013, de esta Entidad Fiscalizadora, que concluyó que procedía el descuento de las remuneraciones de la recurrente, por los días no trabajados en virtud de licencias médicas rechazadas. Requerido su informe, esa institución manifestó, en síntesis, que las aludidas deducciones ya fueron efectuadas. Sobre el particular, corresponde hacer presente que, mediante el citado oficio, este Órgano de Control señaló, por las razones que allí se expresan, que la interesada debía restituir los estipendios en comento, toda vez que el rechazo de un reposo médico no legitima el entero de las rentas por el período que cubre aquél, las que, en ese evento, se entienden mal habidas y, por ende, originan para el empleado afectado el deber de devolverlas. Ahora bien, atendido que en esta oportunidad la peticionaria no aporta nuevos elementos de juicio que permitan alterar lo resuelto, solo cabe ratificar el pronunciamiento emitido. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 068042N13, de 22 de octubre de 2013.
Más sobre Licencias Médicas
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El dictamen concluye que, durante el permiso de la ley SANNA, el subsidio reemplaza la remuneración y no procede pagar ambas, aunque el subsidio sea menor. Por eso el Hospital actuó correctamente al exigir la restitución de las remuneraciones pagadas.
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La Contraloría rechaza la reconsideración del dictamen N° 9.545 de 2013, confirmando que las licencias médicas no autorizadas, rechazadas o invalidadas constituyen ausencias injustificadas que impiden cobrar la cuota de la asignación del artículo 1° de la ley N° 19.490, y que en la asignación del artículo 83 del DFL N° 1 de 2005 corresponde descontar los días no trabajados.
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La Contraloría determina cómo registrar contablemente la variación de la UTM y los intereses de deudas por licencias médicas rechazadas: la UTM incrementa la cuenta 12101 Deudores contra ingresos patrimoniales, y los intereses se devengan en la cuenta 11508, traspasándose luego a la Tesorería General.
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