Contraloría General de la República · N° 092091N16
Dictamen N° 92.091, de 22 de diciembre de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 92.091 Fecha: 22-XII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Neida Colmenares Mejías, exfuncionaria del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, para impugnar la decisión de esa autoridad de poner término anticipado a su contrata. Asimismo, denuncia haber sido víctima de acoso laboral y sexual, situación por la cual se inició un procedimiento administrativo del cual aún no obtiene respuesta. En su informe, la aludida entidad manifiesta que su proceder fue conforme a derecho, toda vez que el cese que se impugna se funda en razones de desempeño, por lo que los servicios de la ocurrente ya no eran necesarios. Agrega, en cuanto al respectivo sumario, que este se encuentra en etapa indagatoria y con diligencias pendientes. Ahora bien, es del caso puntualizar que de los antecedentes recabados por esta Entidad Fiscalizadora, consta que la interesada presentó, ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, una demanda de tutela laboral, en la que solicita un pronunciamiento por su desvinculación del citado organismo y el hostigamiento que habría sufrido por parte de las personas que indica, la cual se encuentra actualmente en tramitación. De esta manera, atendido que la recurrente lo que reclama ante esta Institución de Control, dice relación con los mismos asuntos planteados ante dicho tribunal, esta Contraloría General debe abstenerse de informar al respecto, toda vez que, en virtud de lo previsto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, no le corresponde intervenir en asuntos que estén sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia lo que, como se señaló, ocurre en la situación planteada en la especie. Transcríbase al Fondo de Solidaridad e Inversión Social. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe Subrogante División de Personal de la Administración del Estado
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 092091N16, de 22 de diciembre de 2016.
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