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Contraloría General de la República · N° 055039N15

Dictamen N° 55.039, de 9 de julio de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 55.039 Fecha: 09-VII-2015 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse nuevamente de dar curso a la resolución singularizada en el epígrafe, mediante la cual se aprueba el contrato de prestación de servicio de vigilancia para las dependencias de ese recinto hospitalario, por cuanto no se ajusta a derecho. Ello por cuanto, del examen de los antecedentes, no se advierte que se haya efectuado, por resolución fundada, la declaración de inadmisibilidad de la oferta que no habría cumplido con los requisitos mínimos requeridos en el pliego de condiciones, lo cual es exigido por el artículo 9° de la ley N° 19.886. En mérito de lo expuesto, se representa el acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 055039N15, de 9 de julio de 2015.

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