Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 065068N14

Dictamen N° 65.068, de 25 de agosto de 2014

Texto del pronunciamiento

N° 65.068 Fecha: 25-VIII-2014 Se ha dirigido a esta Entidad de Control la señora Susana Paine Torres, funcionaria de la Subsecretaría General de Gobierno, consultando si su diploma de Técnico en Turismo, conferido por el ex Centro de Formación Técnica Esucomex, actual Instituto Profesional Esucomex, en el año 1983, le permite acceder a cargos en la Administración Pública. Requerido su informe, la Subsecretaría de Educación remitió los antecedentes aportados por esa casa de estudios, en los que esta expresó, en síntesis, que el citado título posee la calidad de técnico de nivel superior y su plan de aprendizaje tuvo una duración de cuatro semestres. Sobre el particular, cabe recordar que los artículos 1° y 2°, del decreto con fuerza de ley N° 24, de 1981, del Ministerio de Educación, vigente a la época de la obtención del diploma de que se trata, señalan, en lo atinente, que los centros de formación técnica son establecimientos de educación superior, habilitados para otorgar el “título de técnico”. Enseguida, corresponde agregar que actualmente, el artículo 54, del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, de la aludida secretaría de Estado, indica que los centros de formación técnica solo pueden conceder títulos técnicos de nivel superior. Conforme lo expuesto, a la luz de la preceptiva analizada, es dable colegir que aun cuando el diploma técnico de la requirente no cuenta con la mención precisa de ser de nivel superior, necesariamente posee esa condición, al haber sido impartido por un centro de formación técnica, tal como se ha sostenido, entre otros, en el dictamen N° 80.169, de 2010, de este origen. En consecuencia, procede concluir que el diploma en consulta, resulta útil para acceder a todos aquellos cargos que requieran acreditar la posesión de un título técnico de nivel superior, proveniente de una carrera de cuatro semestres, sin perjuicio de las exigencias adicionales que pueda contemplar la ley, respecto de cada plaza específica. Transcríbase a la Subsecretaría de Educación. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 065068N14, de 25 de agosto de 2014.

Más sobre Ingreso a la Administración, Requisitos y Títulos

  • 1 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF186253

    El documento presidencial sobre contratación de parientes es solo una instrucción interna, no una norma obligatoria ni un decreto supremo, por lo que en principio no procede fiscalizar su cumplimiento como se pidió; sin perjuicio de la fiscalización permanente sobre probidad administrativa.

  • 20 de agosto de 2026

    Dictamen N° OF158348

    La Contraloría concluye que la Subsecretaría de Relaciones Exteriores actuó correctamente al declarar inadmisible la postulación del recurrente a la Academia Diplomática, pues su documentación no cumplió los requisitos de las bases, por lo que desestima el reclamo.

  • 20 de agosto de 2026

    Dictamen N° OF158337

    La Contraloría rechaza la denuncia por irregularidades en la designación del director de control de la Municipalidad de Coronel, pues el subrogante sí tenía título profesional habilitante y la acción disciplinaria por los hechos de 2020 está prescrita.

Todos los pronunciamientos sobre Ingreso a la Administración, Requisitos y Títulos

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium