Contraloría General de la República · N° 004602N11
Dictamen N° 4.602, de 24 de enero de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 4.602 Fecha: 24-I-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Nancy del Carmen Rojas Molina, ex funcionaria del Complejo Hospitalario San Borja Arriarán, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Central, para reclamar contra ese establecimiento por el extravío del certificado que acredita que habría cursado y aprobado un curso de auxiliar paramédico de 1.500 horas. Requerido de informe, el aludido centro de salud manifestó que existe constancia en la hoja de vida de la ocurrente, de que ella poseería la indicada formación paramédica, sobre la base de la certificación que habría sido extendida por el mencionado Servicio de Salud; no obstante, agrega que su Departamento de Recursos Humanos no cuenta con el documento que motivó esa anotación, por lo que éste podría obtenerse de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, la que se encontraría a cargo del área de profesiones médicas. Por su parte, solicitados antecedentes sobre el particular al Subdepartamento de Profesiones Médicas y Farmacia de la señalada Secretaría Regional Ministerial, ésta indicó que, a petición de la misma ex servidora, durante el mes de febrero de 2010 efectuó una revisión de sus archivos, con un margen de dos años antes de 1990 y después de 1991, sin hallar registro alguno, ante lo cual la interesada se comprometió a aportar mayor información, ya que no estaba segura del año y curso efectuado, lo que en definitiva no realizó. Sobre el particular, es menester anotar que de acuerdo con la base de datos de personal de la Administración del Estado que mantiene este Organismo de Control, la solicitante sólo tiene ingresado un curso de auxiliar paramédico de 350 horas, dato que fue incorporado con ocasión del trámite de toma de razón de la resolución N° 1.071, de 1991, del referido Servicio de Salud Metropolitano Central. Luego, es dable hacer presente que en esta oportunidad, la requirente no aporta documentación alguna que permita verificar si, efectivamente, cuenta con la formación que aduce, a lo que cabe agregar que, a juicio de esta Entidad de Control, resulta insuficiente para tales efectos, la anotación manual efectuada en su hoja de vida en el referido hospital, la que tampoco cuenta con una firma responsable. Asimismo, es necesario puntualizar que a esta Institución Fiscalizadora no le corresponde sustituir a las entidades competentes, en este caso, el Servicio de Salud que supuestamente habría impartido la anotada capacitación y extendido el certificado respectivo, o la mencionada Secretaría Regional Ministerial de Salud, en lo que se refiere a la constatación de los registros que debe mantener, por lo que ambas reparticiones deberán agotar las gestiones internas que sean pertinentes, a objeto de proporcionar una respuesta definitiva a la afectada. Lo anterior, es sin perjuicio de que esa autoridad superior, sobre la base de lo expuesto en el presente oficio, determine si resulta procedente instruir un procedimiento disciplinario, con la finalidad de establecer la existencia de eventuales responsabilidades administrativas en el extravío que se denuncia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 004602N11, de 24 de enero de 2011.
Más sobre Ingreso a la Administración, Requisitos y Títulos
-
El documento presidencial sobre contratación de parientes es solo una instrucción interna, no una norma obligatoria ni un decreto supremo, por lo que en principio no procede fiscalizar su cumplimiento como se pidió; sin perjuicio de la fiscalización permanente sobre probidad administrativa.
-
La Contraloría concluye que la Subsecretaría de Relaciones Exteriores actuó correctamente al declarar inadmisible la postulación del recurrente a la Academia Diplomática, pues su documentación no cumplió los requisitos de las bases, por lo que desestima el reclamo.
-
La Contraloría rechaza la denuncia por irregularidades en la designación del director de control de la Municipalidad de Coronel, pues el subrogante sí tenía título profesional habilitante y la acción disciplinaria por los hechos de 2020 está prescrita.
Todos los pronunciamientos sobre Ingreso a la Administración, Requisitos y Títulos
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.