Contraloría General de la República · N° E188205N25
Dictamen N° E188205, de 6 de noviembre de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución del INE que aprueba las bases de licitación del seguro de salud y vida, con alcances: el INE debe aclarar en el sistema el plazo de suscripción del contrato y el presupuesto y vigencia, y mejorar su informe técnico económico.
Texto del pronunciamiento
N° E188205 Fecha: 06-11-2025 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, por la que el Instituto Nacional de Estadísticas aprueba las bases de licitación pública para la contratación del servicio de seguro o plan complementario de salud y seguro de vida para los beneficiarios que indica, pero cumple con hacer presente que, en la etapa de aclaraciones, deberá precisar en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, que la suscripción del contrato solo podrá efectuarse una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, conforme lo disponen los artículos 10, inciso segundo, de la ley N° 19.886, y 119, inciso final del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, lo que se ha omitido indicar en el cuadro contenido en el numeral 1 del resuelvo N° 2 (aplica el oficio N° E107037, de 2025, de este origen). En la misma oportunidad, esa entidad licitante deberá aclarar el presupuesto máximo disponible para efectuar la contratación de la especie y el plazo de vigencia del contrato, atendida la disconformidad que existe sobre la materia entre lo dispuesto en el considerando N° 3 y artículo 16 de la resolución en examen, en relación con lo explicitado en el anexo N° 6 del pliego de condiciones. Finalmente, cumple con hacer presente que el INE deberá, en lo sucesivo, adoptar las medidas que sean necesarias para que el informe técnico económico que confeccione, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 del citado decreto N° 661, contenga un análisis de mercado que considere toda la información a que ese precepto hace referencia, lo que no se ha cumplido en la especie (aplica el oficio N° E105863, de 2025). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E188205N25, de 6 de noviembre de 2025.
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