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Contraloría General de la República · N° 013482N12

Dictamen N° 13.482, de 8 de marzo de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 13.482 Fecha : 08-III-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Presidente del Consejo de Defensa del Estado, solicitando se emita un pronunciamiento que precise si resulta procedente que, en su calidad de jefe de ese servicio, emplee un vehículo institucional que tiene destinado, para efectos de trasladarse desde su domicilio particular al lugar en el cual desempeña las labores propias de su cargo, es decir, a la sede central de la referida institución, y viceversa. Sobre el particular, cabe recordar que para la correcta aplicación del decreto ley N° 799, de 1974 -que regula el uso y circulación de los vehículos estatales-, la invariable jurisprudencia de este Organismo, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 15.298, de 1983; 48.097, de 2009 y 43.875, de 2011, ha manifestado, en concordancia con lo dispuesto en el N° 3 del artículo 62 de la ley N° 18.575, que los servidores públicos no deben usar dichos medios de movilización en labores particulares o ajenas a los cometidos de la respectiva entidad. Establecido lo anterior, es menester señalar que atendido que en el caso de la especie se trata del traslado del jefe del servicio al lugar en el que desarrolla las labores propias de su cargo y a su hogar una vez que finaliza la jornada destinada al cumplimiento de dichas tareas, es dable considerar que aquel transporte constituye un elemento indispensable que, ya sea en forma inmediata o mediata, contribuye al normal desarrollo de los cometidos que compete cumplir al Consejo de Defensa del Estado, razón por la cual esta Entidad Fiscalizadora no advierte impedimento para que el vehículo institucional de que se trata sea empleado para los fines antes indicados. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 013482N12, de 8 de marzo de 2012.

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