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Contraloría General de la República · N° 038649N16

Dictamen N° 38.649, de 24 de mayo de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 38.649 Fecha: 24-V-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba el reglamento de la ley N° 20.880 Sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que la derogación que sus artículos 38 y 39 disponen de los decretos supremos N°s 99, de 2000 y 45, de 2006, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia -que contienen los actuales reglamentos para la declaración de intereses y para la declaración patrimonial de bienes, respectivamente- solo comenzará a surtir efecto una vez que entren en vigor las disposiciones de la ley N° 20.880 y su reglamento, esto es, tres meses después de la publicación de este último respecto de los sujetos que se individualizan en el Capítulo 1° del Título II de la citada ley N° 20.880, y cinco meses después de esa publicación respecto de las personas indicadas en el Capítulo 3° del mencionado título, conforme a lo prescrito en el inciso final del artículo primero transitorio del señalado texto legal. Finalmente, es conveniente precisar que, en lo sucesivo, deberá inutilizar, con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco de los instrumentos que se remitan para toma de razón, tal como se ha manifestado, entre otros, en los dictámenes N°s 16.548 y 65.301, ambos de 2015, y 21.870, de 2016, de este Órgano Fiscalizador. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 038649N16, de 24 de mayo de 2016.

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