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Contraloría General de la República · N° 029165N10

Dictamen N° 29.165, de 2 de junio de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 29.165 Fecha: 02-VI-2010 Se han dirigido a esta Contraloría General las señoras Marcela Ivon Chávez Maureira, Elizabeth Aguirre Torres y Donatila Espinoza Morales, funcionarias del Hospital Sótero del Río del Servicio de Salud Metropolitano Sur, para solicitar la condonación de las sumas percibidas indebidamente por concepto del bono extraordinario establecido en la ley N° 20.326. Al respecto, cumple con informar, en armonía con lo manifestado mediante el oficio N° 30.973, de 2009, de esta Entidad de Fiscalización, que el artículo 3° del decreto ley N° 3.536, de 1980, establece que la facultad de condonar las sumas percibidas por concepto de prestaciones de seguridad social erróneamente concedidas, corresponde a los jefes superiores de las instituciones de previsión social, según proceda resolver, a petición expresa de cada interesado, siendo actualmente el Instituto de Previsión Social la entidad a la que le compete su ejercicio. En consecuencia, se remiten a ese Organismo los antecedentes pertinentes, para los efectos de su conocimiento y resolución. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 029165N10, de 2 de junio de 2010.

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