Contraloría General de la República · N° 018856N15
Dictamen N° 18.856, de 10 de marzo de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 18.856 Fecha: 10-III-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Alexis Espina Caneo, funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, reclamando por el cobro de remuneraciones que se le hizo, con ocasión de reposos médicos rechazados, lo que, en opinión de dicha institución, se conformaría con la normativa que regula la materia. Al respecto, cabe recordar que el inciso segundo del artículo 106 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de esa entidad, señala que los empleados con licencia médica tienen derecho al goce íntegro de sus emolumentos durante el tiempo que aquélla dure. Luego, es dable anotar que el artículo 63 del decreto N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud, Reglamento de autorización de licencias médicas por las Compin e Instituciones de Salud Previsional -aplicable en la especie, atendido que el recurrente se encuentra afiliado a una ISAPRE, como se advierte de los antecedentes tenidos a la vista-, dispone, en lo atinente, que es obligatoria la devolución de los estipendios indebidamente recibidos por el beneficiario de un reposo no autorizado. En este sentido, es menester expresar que este Órgano de Control, a través de sus dictámenes N os 14.304, de 2011 y 75.711, de 2014, entre otros, precisó que el rechazo de una licencia médica no legitima el entero de rentas por el período que aquélla cubre, las que, en ese evento, se entienden mal habidas y, por ende, originan para el funcionario afectado el imperativo de restituirlas. En consecuencia, cabe concluir que el actuar de esa entidad policial, en orden a solicitarle al señor Alexis Espina Caneo, la devolución de las remuneraciones que percibió indebidamente por el mencionado motivo, se ajustó a derecho. Transcríbase a la Policía de Investigaciones de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 018856N15, de 10 de marzo de 2015.
Más sobre Licencias Médicas
-
El dictamen concluye que, durante el permiso de la ley SANNA, el subsidio reemplaza la remuneración y no procede pagar ambas, aunque el subsidio sea menor. Por eso el Hospital actuó correctamente al exigir la restitución de las remuneraciones pagadas.
-
La Contraloría rechaza la reconsideración del dictamen N° 9.545 de 2013, confirmando que las licencias médicas no autorizadas, rechazadas o invalidadas constituyen ausencias injustificadas que impiden cobrar la cuota de la asignación del artículo 1° de la ley N° 19.490, y que en la asignación del artículo 83 del DFL N° 1 de 2005 corresponde descontar los días no trabajados.
-
La Contraloría determina cómo registrar contablemente la variación de la UTM y los intereses de deudas por licencias médicas rechazadas: la UTM incrementa la cuenta 12101 Deudores contra ingresos patrimoniales, y los intereses se devengan en la cuenta 11508, traspasándose luego a la Tesorería General.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.