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Contraloría General de la República · N° 040323N17

Dictamen N° 40.323, de 16 de noviembre de 2017

Texto del pronunciamiento

N° 40.323 Fecha: 16-XI-2017 La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba el contrato de “Actualización Plan Regulador Intercomunal Borde Costero Región de Antofagasta”, sin embargo, cumple con hacer presente que esa repartición pública deberá adoptar las medidas a fin de que las actividades que comprende cada una de las etapas del estudio a que se refiere la cláusula cuarta del acto en examen, armonicen con lo dispuesto en el artículo 27 del decreto N° 32, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica, en cuanto establece que solo después de dictada la resolución de término a que alude el artículo 26 de ese texto normativo se elabora el proyecto de instrumento de planificación territorial. Por otra parte, dicha repartición debe velar que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento a que se refiere la cláusula novena, otorgada por la consultora, se mantenga vigente por todo el periodo que se indica en el punto 1.10.2 de las bases administrativas que rigieron la licitación de la especie. A su turno, esta Sede de Control entiende que la cláusula décimo séptima se refiere a las causales previstas en la cláusula duodécima y no a la que señala, y que el extracto a que alude la cláusula décimo novena se encuentra inscrito a fojas 27498 número 19352 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y no como ahí se señala. Además, en el resuelvo N° 4, se ha omitido señalar que para los años siguientes al 2017, el gasto se imputa al subtítulo e ítem de la ley de presupuestos respectiva, en la medida que se consulten recursos para ello y se cumplan los requisitos para el desembolso. Por último, se advierte un error en la transcripción efectuada de la cláusula novena del contrato, en relación al número de la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y en la cita del Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, en cuanto este fue aprobado por el decreto N° 397, de 1976, de la pertinente secretaría de Estado, y no como se consigna en el Visto del decreto en análisis. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe de División de Infraestructura y Regulación

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 040323N17, de 16 de noviembre de 2017.

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