Contraloría General de la República · N° 003637N15
Dictamen N° 3.637, de 14 de enero de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 3.637 Fecha: 14-I-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al acto administrativo singularizado en el epígrafe, que constituye provisionalmente un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas a favor de la peticionaria que se individualiza, por cuanto del análisis del expediente adjunto no consta que se hubieren subsanado las observaciones formuladas a través del oficio N° 92.238, de 2014, de este origen, en relación con la personería de quien comparece en representación de la interesada, y respecto de la circunstancia de que la certificación emitida por la Gobernación Provincial de Maipo, mediante la cual consignó que no se dedujeron oposiciones de terceros a la solicitud de la especie, se expidió sin que hubiere expirado el plazo de treinta días previsto en el artículo 132, inciso primero, del Código de Aguas. En mérito de lo expuesto, se representa la resolución de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 003637N15, de 14 de enero de 2015.
Artículos que cita
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