Contraloría General de la República · N° 016065N17
Dictamen N° 16.065, de 3 de mayo de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 16.065 Fecha: 03-V-2017 En relación con la declaración de intereses y patrimonio que deben efectuar los candidatos conforme a lo previsto en la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, cumple con manifestar en que la plataforma informática creada y administrada por esta Contraloría General en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.880 y su reglamento -en la que deben efectuarse las declaraciones de intereses y patrimonio de las personas obligadas por esta última preceptiva-, se ha dispuesto la opción para que los referidos candidatos realicen en dicha plataforma su declaración. Para tal efecto, una vez que con la 'clave única' otorgada por el Servicio de Registró Civil e Identificación ingresen a la señalada Plataforma, deberán elegir la opción de declaración 'candidato'. Asimismo, es útil destacar que los candidatos que hayan previamente efectuado una declaración de intereses y patrimonio por estar obligados conforme a la normativa de la señalada ley N° 20.880, podrán optar por efectuar su nueva declaración como candidatos utilizando toda la información ya cargada en su declaración anterior. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 016065N17, de 3 de mayo de 2017.
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