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Contraloría General de la República · N° E265659N22

Dictamen N° E265659, de 11 de octubre de 2022

Sumario

La Contraloría concluye que no le corresponde evaluar el contenido de declaraciones de exautoridades en medios de prensa, pues excede su competencia de control de legalidad de actos administrativos, y no advierte falta al principio de probidad, por lo que no se pronuncia ni ordena sumario.

Texto del pronunciamiento

Nº E265659 Fecha: 11-X-2022 Se ha dirigido a este Organismo de Control don Gene Fernández Llerena, reclamando en contra de las expresiones vertidas por el exministro de Salud, señor Enrique Paris Mancilla, en el marco de una entrevista otorgada a un medio de prensa nacional. En tal contexto, el requirente solicita que se revise la legalidad de las declaraciones en comento y se disponga la realización de un sumario administrativo o proceso investigativo por las eventuales faltas al principio de probidad que estas pudieran importar. Al respecto, es dable manifestar que no le compete a esta Entidad Fiscalizadora evaluar el tenor de las declaraciones efectuadas por las exautoridades de gobierno difundidas en un medio de comunicación social. Lo anterior, toda vez que, conforme al artículo 98 de la Constitución Política, a la Contraloría General le corresponde ejercer el control de la legalidad de los actos de la Administración y no del contenido de las declaraciones que emitan las autoridades en actividades públicas, puesto que ello lleva implícito efectuar un juicio de valor sobre lo comunicado por aquellas, lo que excede el ámbito de su competencia (aplica dictamen N° 12.138, de 2019, de esta Entidad de Control). En consecuencia y no advirtiéndose elementos que puedan configurar una falta al principio de probidad, no resulta procedente que este Organismo Contralor se pronuncie acerca de las aseveraciones efectuadas por la referida exautoridad ministerial en el marco de una entrevista concedida a un medio de prensa nacional. Saluda atentamente a Ud. Por Orden del Contralor General LUIS ALBERTO ALMONACID YÁÑEZ Sub Jefe División Jurídica (S)

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E265659N22, de 11 de octubre de 2022.

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