Contraloría General de la República · N° E89411N25
Dictamen N° E89411, de 2 de junio de 2025
Sumario
La Contraloría instruye el uso obligatorio de la plataforma SIAD para que los organismos fiscalizados informen el estado de los procedimientos disciplinarios y carguen los actos administrativos respectivos. Concluye que las entidades deben designar contrapartes y usar el módulo externo para asegurar el seguimiento oportuno.
Texto del pronunciamiento
N° E89411 Fecha: 02-06-2025 En el marco de las atribuciones conferidas por la ley N° 10.336, sobre organización y atribuciones de esta Contraloría General, y conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la resolución exenta N°2.576, de 2018, que establece las funciones de la Fiscalía de esta Entidad Contralora, a su Unidad de Seguimiento le corresponde efectuar y coordinar el monitoreo de todas las acciones derivadas de los informes de fiscalización y oficios emitidos por las áreas de control externo y jurídica del nivel central, asegurando la trazabilidad y efectivo cumplimiento de las medidas establecidas por este Órgano de Fiscalización. A su vez, para el oportuno control de las acciones derivadas a nivel regional, las Contralorías Regionales, a través de sus unidades o analistas de seguimiento, según sea el caso, efectuarán el monitoreo de los procedimientos disciplinarios ordenados instruir a las municipalidades y servicios públicos del ámbito de su competencia territorial y reportarán a la Unidad de Seguimiento de Fiscalía el resultado del mismo. En ese contexto, y con la finalidad de mejorar el registro, monitoreo, supervisión y trazabilidad de los procesos de seguimiento de todas las acciones derivadas a nivel nacional, se creó una plataforma informática denominada Sistema de Inspección de Acciones Derivadas, en adelante (SIAD), la cual constituye un nuevo modelo de seguimiento de los procedimientos disciplinarios instruidos u ordenados instruir por esta Contraloría General a los organismos sujetos a su fiscalización, los cuales deberán usar oportuna y obligatoriamente las funcionalidades de su módulo externo, para informar el estado de tramitación de dichos procesos, mediante la carga directa de los actos administrativos y documentación que demuestre el cumplimiento de lo ordenado en cada fiscalización. Dicha plataforma está integrada por dos buscadores de información -simple y avanzado-, una bandeja de seguimiento de casos, donde se visualizan los procesos de seguimiento, y sus respectivas fichas para la carga de documentos, un panel de comunicaciones vinculadas a cada caso vigente en seguimiento, una sección de reportes y un aplicativo relativo al cumplimiento de los plazos de respuesta a los requerimientos de información realizados por esta Contraloría General. El acceso a la plataforma SIAD estará disponible para usuarios autorizados a través de la sección "Mis trámites CGR", ubicada en el banner "Funcionarios Públicos" del portal institucional de este Organismo de Fiscalización ( www.contraloria.cl ), específicamente en el módulo "Sistema de Inspección de Acciones Derivadas". Por consiguiente, se instruye a los organismos de la Administración del Estado y entidades sujetas al control de esta Entidad Fiscalizadora, el uso de la plataforma SIAD en su módulo para usuarios externos, conforme a lo que enseguida se dispone: I. Alcance y responsabilidad sobre el uso del SIAD Será responsabilidad del Encargado de la Unidad de Auditoría Interna, de Control Interno y/o de las Direcciones de Control de las entidades de la Administración del Estado, la correcta utilización de la aludida Plataforma SIAD para los fines antes señalados, como asimismo reportar oportunamente el alta o baja de usuarios autorizados según corresponda. II. Sobre el acceso y uso del SIAD Este modelo de seguimiento considera la implementación de una política de complementariedad entre las acciones ejecutadas por la Unidad de Seguimiento de Fiscalía de esta Contraloría General y las Unidades de Auditoría Interna, Direcciones de Control y/o Encargados de Control Interno de los organismos sujetos a la fiscalización de esta Entidad Contralora. Para su implementación, cada entidad deberá designar dos funcionarios como contrapartes titulares y sus respectivos subrogantes, quienes estarán a cargo de subir al sistema en formato PDF, los actos administrativos y toda documentación vinculada a cada proceso de seguimiento vigente que sea requerida durante la tramitación de cada acción derivada, para su posterior análisis por el personal de la Unidad de Seguimiento de Fiscalía de esta Contraloría General. La información de tales contrapartes deberá comunicarse a la Unidad de Seguimiento de Fiscalía al correo [email protected], en el plazo de 3 días hábiles siguientes a la notificación de estas instrucciones, indicando el nombre completo, Rut/Run, cargo o función, correo electrónico, y número de contacto, como cualquier cambio en su designación, dentro de igual término. III. Consultas sobre uso del sistema Las consultas sobre el uso de la Plataforma del Sistema de Inspección de Acciones Derivadas, deberá dirigirlas al correo citado en el párrafo anterior. Saluda atentamente a Ud. Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E89411N25, de 2 de junio de 2025.
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