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Contraloría General de la República · N° 063024N10

Dictamen N° 63.024, de 22 de octubre de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 63.024 Fecha: 22-X-2010 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 9, de 2010, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante el cual se desafecta de su calidad de tal los terrenos que forman parte de la Reserva Forestal Valdivia y del Monumento Natural Alerce Costero y crea el "Parque Nacional Alerce Costero", ubicado en las comunas de Corral y La Unión, de las provincias de Valdivia y del Ranco, respectivamente, ambas de la Región de Los Ríos, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que, según aparece de la documentación adjunta, en especial del oficio N° 555, de 2010, de la División Jurídica del Ministerio de Bienes Nacionales, el parque nacional en referencia comprendería parte de las inscripciones fiscales a mayor cabida de fojas 149, N° 467 y fojas 397 vuelta, N° 619, ambas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia, correspondiente a los años 1904 y 1913, respectivamente, así como las de fojas 196, N° 255; fojas 580, N° 815; fojas 85 vuelta, N° 113 y fojas 153, N° 182, todas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Unión, correspondiente a los años 1944, 1982, 1986 y 2010, respectivamente, todo lo cual so omitió consignar en el decreto en examen. Asimismo, corresponde manifestar que de los antecedentes tenidos a la vista, se advierte que en la primera de las inscripciones fiscales citadas en el párrafo precedente, existirían anotaciones marginales que dan cuenta de transferencias de dominio a particulares que estarían erróneamente subinscritas, anotaciones que deberán ser revisadas y, si procede, subsanadas para efectos de evitar que el título de dominio fiscal adolezca de inexactitudes que afecten la historia de la propiedad raíz. Por último, cabe advertir que el plano administrativo es el N° 14.102-979 CR. y no como se señala en el N° II del decreto en estudio. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 063024N10, de 22 de octubre de 2010.

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