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Contraloría General de la República · N° 045159N11

Dictamen N° 45.159, de 18 de julio de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 45.159 Fecha:18-VII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Patricio Negrete Ostria, funcionario afecto al Código del Trabajo, del Departamento de Administración de Educación Municipal de Santiago, solicitando se determine si tiene derecho a continuar percibiendo la asignación de responsabilidad -que acordara con su empleador, al convenir que cumpliría la labor de jefe de administración de la dirección de la indicada unidad municipal-, luego que se le cambiaran las funciones administrativas que debe desarrollar y, en el evento de estimarse que carece de dicho beneficio, si procede que el municipio ordene el reintegro de las sumas recibidas por tal concepto. Requerido su informe a la entidad edilicia, ésta lo emitió mediante el oficio N° 924, de 2011, en el que expresa que el recurrente ejerció el indicado cargo hasta el 30 de marzo de 2009 y que, por una omisión del municipio, se le continuó pagando dicho emolumento por el período que media entre el mes de abril de ese año y el mes de septiembre de 2010, por lo que corresponde que devuelva la suma de $1.265.129 que percibiera indebidamente, constando de la documentación acompañada, que se le habrían otorgado facilidades para tal efecto. Sobre el particular, cabe manifestar que en la situación planteada, consta que el 1 de abril de 2002, el interesado y el municipio suscribieron un anexo del respectivo contrato de trabajo, en el sentido de acordar, en lo pertinente, que, a contar de esa data, aquél desempeñaría las funciones de jefe del departamento de administración de la dirección de Educación y, además, de que la municipalidad establece para el mencionado empleo una asignación especial de un 5% mensual sobre la renta asignada, la que el funcionario percibirá mientras desempeñe esa función. Así, del examen del convenio de la especie, se advierte que las partes contratantes pactaron el pago de la aludida asignación, como contraprestación al desempeño de determinadas labores, supeditando su entero a la vigencia a estas últimas, de manera que en la eventualidad que la Municipalidad de Santiago encomiende al trabajador el cumplimiento de otras labores administrativas en el Departamento de Administración de Educación Municipal, como aconteció a contar de abril de 2009, no tiene derecho a su entero. En este contexto, de conformidad con lo precisado por este Organismo Contralor en los dictámenes N°s. 60.604, de 2004, y 16.243, de 2011, resultó procedente que el municipio haya ordenado descontar de las remuneraciones del peticionario, por parcialidades, las sumas pagadas en exceso. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con hacer presente que el señor Negrete Ostria, si así lo estima pertinente, puede solicitar a esta Entidad Fiscalizadora, en virtud de lo dispuesto en el artículo 67 de la ley N° 10.336 -de Organización y Atribuciones de la Contraloría General-, la liberación total o parcial de la restitución de los valores que, de buena fe, hubiese percibido indebidamente. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 045159N11, de 18 de julio de 2011.

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