Contraloría General de la República · N° E376020N23
Dictamen N° E376020, de 2 de agosto de 2023
Sumario
La Contraloría toma razón del decreto que adjudica la licitación y autoriza la transferencia del inmueble, con alcances: la boleta de garantía de inversión debe acompañarse antes de suscribir la escritura y el Ministerio debe hacer efectivas las garantías ante incumplimientos.
Texto del pronunciamiento
N° E376020 Fecha: 2-VIII-2023 Esta Contraloría General ha dado curso al documento de la suma, mediante el cual se adjudica una licitación pública para la venta del inmueble que indica y autoriza su transferencia a la empresa que señala, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cabe puntualizar que, en armonía con lo mencionado en el Anexo 3, letra d), de las Bases Administrativas del respectivo certamen, la boleta bancaria de garantía para asegurar la obligación de realizar la inversión comprometida se deberá acompañar previo a suscribir la escritura pública de adjudicación y venta, lo que se ha omitido consignar en el acápite II, N° 8, de lo resolutivo del instrumento en análisis. Por su parte, cumple con hacer presente que, en concordancia con los principios de eficiencia, eficacia y cuidado de los recursos públicos, acaecidos los incumplimientos previstos para hacer efectivas las garantías señaladas en los Nos 10 y 13, del acápite II de la parte dispositiva del decreto en análisis, resulta imperativo para el Ministerio de Bienes Nacionales cursarlas, y no facultativo, como mal puede entenderse de dichos numerales. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Andrés Bermúdez Soto Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E376020N23, de 2 de agosto de 2023.
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