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Contraloría General de la República · N° 001643N20

Dictamen N° 1.643, de 17 de enero de 2020

Texto del pronunciamiento

N° 1.643 Fecha: 17-I-2020 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Director del Hospital de Carabineros, exponiendo que el Centro de Conciliación y Mediación DRT Metropolitana Oriente acogió a trámite un reclamo laboral de la señora Carolina López Jarami, extrabajadora de ese establecimiento asistencial, regida por el Código del Trabajo, sin sujetarse a la reiterada jurisprudencia de esta Entidad de Control relativa a la fiscalización de funcionarios públicos afectos a las normas de ese código. En su informe, la Jefa del mencionado centro manifestó que tal reclamo fue ingresado, en virtud de lo previsto en el artículo 497 y siguientes de dicho código, el cual fue archivado con el resultado de “desistido sin constancia de conciliación”, debido a que ninguna de las partes se presentó a la pertinente audiencia. Por su parte, ese establecimiento asistencial comunicó que la señora López Jarami, con fecha 24 de septiembre de 2018, firmó el correspondiente finiquito, cuya fotocopia adjuntó. Al respecto, es dable señalar, según lo sostenido en el dictamen N° 6.868, de 2008, de esta procedencia, entre otros, que el hecho de que las leyes dispongan que determinados empleados de la Administración del Estado se encuentran afectos al Código del Trabajo, como ocurre con aquellos que laboran en el Hospital de Carabineros, significa que si bien su régimen estatutario es el contenido en el reseñado texto legal, ello es sin perjuicio de su condición de funcionarios públicos y del régimen estatutario al que se halle afecto el organismo que los contrate. Por consiguiente, la fiscalización de la correcta aplicación de las normas contenidas en el Código del Trabajo a los servidores del Estado que se sujetan a dicho régimen jurídico -como acontece en la especie-, corresponde exclusivamente a esta Contraloría General, por lo que el mencionado Centro de Conciliación y Mediación debe abstenerse de seguir conociendo de este tipo de reclamos, tal como se informó en los oficios N os 36.843, de 2017, 25.158, de 2018 y 358, de 2020, de este origen. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Marta Morales del Río Jefe de Departamento Departamento de Previsión Social y Personal

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 001643N20, de 17 de enero de 2020.

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