Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 067390N12

Dictamen N° 67.390, de 29 de octubre de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 67.390 Fecha: 29-X-2012 Se ha dirigido a esta Entidad de Control, don Jorge Melo Claverie, quien hace presente la falta de respuesta del Ministerio de Educación frente a su solicitud de información respecto al estado de avance de su petición en orden a que la Comisión Especial creada por la ley N° 19.074 -que autoriza el ejercicio profesional a las personas que señala que obtuvieron títulos o grados en el extranjero-, se pronuncie acerca del derecho a ejercer sus actividades profesionales de acupunturista y naturópata. A su turno, el Jefe de la División de Educación Superior del Ministerio de Educación informa que actualmente se encuentra disuelta la referida Comisión Especial, incluso para el caso de pronunciamientos de “aquellas materias sometidas a su conocimiento y que no han sido resueltas en su oportunidad, como lo es sobre las solicitudes de reconocimiento de los títulos de Acupuntura y Naturópata.”. Agrega que correspondería a este Ente Fiscalizador pronunciarse acerca de la procedencia de conformar tal comisión con las personas que actualmente ocupan los cargos indicados en el artículo 3° de la ley N° 19.074, o en su caso, determinar el procedimiento que resulte aplicable. Sobre el particular, cabe hacer presente que mediante el oficio N° 25.349, de 2012, de este origen, se concluyó, en consideración a la normativa y criterios jurisprudenciales que se exponen en dicho pronunciamiento, que habiendo sido presentada la solicitud por el interesado dentro de los plazos legales establecidos al efecto, la Comisión Especial de la ley N° 19.074 debe pronunciarse formalmente y de manera fundada, acerca de la petición del recurrente, en orden a que se le reconozca o no el ejercicio profesional de acupunturista y naturópata, y con ello poner término al respectivo procedimiento administrativo. Enseguida, corresponde consignar que el artículo 9° del citado cuerpo legal preceptúa que la Comisión Especial debe seguir funcionando hasta pronunciarse sobre la última solicitud presentada en el plazo legal, momento en el que se extinguirá por el sólo ministerio de la ley. Pues bien, en el caso particular del peticionario, la Comisión Especial antes aludida debe continuar en funciones hasta pronunciarse en forma íntegra acerca de su solicitud, lo que no ha ocurrido. Consecuente con lo expuesto, el aludido oficio N° 25.349, de 2012, fue dirigido al Ministro de Educación, en su calidad de presidente de la Comisión Especial en análisis, según lo previene el artículo 3°, letra a), de la ley N° 19.074, a fin de que se procediera a arbitrar las medidas para constituir la referida comisión, con los funcionarios que actualmente ocupan los cargos que tal cuerpo legal establece, de lo cual deberá informarse a esta Entidad Fiscalizadora. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 067390N12, de 29 de octubre de 2012.

Más sobre Ingreso a la Administración, Requisitos y Títulos

  • 1 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF186253

    El documento presidencial sobre contratación de parientes es solo una instrucción interna, no una norma obligatoria ni un decreto supremo, por lo que en principio no procede fiscalizar su cumplimiento como se pidió; sin perjuicio de la fiscalización permanente sobre probidad administrativa.

  • 20 de agosto de 2026

    Dictamen N° OF158348

    La Contraloría concluye que la Subsecretaría de Relaciones Exteriores actuó correctamente al declarar inadmisible la postulación del recurrente a la Academia Diplomática, pues su documentación no cumplió los requisitos de las bases, por lo que desestima el reclamo.

  • 20 de agosto de 2026

    Dictamen N° OF158337

    La Contraloría rechaza la denuncia por irregularidades en la designación del director de control de la Municipalidad de Coronel, pues el subrogante sí tenía título profesional habilitante y la acción disciplinaria por los hechos de 2020 está prescrita.

Todos los pronunciamientos sobre Ingreso a la Administración, Requisitos y Títulos

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium