Contraloría General de la República · N° 041969N11
Dictamen N° 41.969, de 5 de julio de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 41.969 Fecha: 5-VII-2011 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 383, de 2011, de la Dirección de Vialidad, que afina sumario administrativo ordenado instruir por resolución exenta N° 3.680, de 2007, de la citada repartición, y aplica las medidas disciplinarias que indica a los funcionarios en ella individualizados, por cuanto no se ajusta a derecho, toda vez que no consta que la resolución interna N° 3.893, de 2010, que dispone las sanciones que indica en cada caso, haya sido notificada a la ex funcionaria Silvia Amigo Arzani, en conformidad con lo ordenado por los artículos 131 y 140, de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo. Cabe hacer presente, además, que al contrario de lo que acontece en relación con el funcionario Miguel Zacarías Habash, quién interpuso recurso de reposición y apelación subsidiaria en contra de la referida resolución interna N° 3.893, de 2010, no se advierte que la mencionada ex servidora haya realizado posteriormente alguna gestión en el proceso que permita tenerla por notificada tácitamente de dicha resolución interna, de conformidad con lo prescrito en el artículo 47 de la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, según el criterio contenido, entre otros, en el dictamen N° 42.695, de 2010, de este Organismo Contralor, lo que importa, en último término, afectar el derecho a defensa de la inculpada frente a las imputaciones que existen en su contra. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 041969N11, de 5 de julio de 2011.
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