Contraloría General de la República · N° 097762N15
Dictamen N° 97.762, de 11 de diciembre de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 97.762 Fecha: 11-XII-2015 Esta Contraloría General ha tomado conocimiento de la sentencia emitida por la lltma. Corte de Apelaciones de Temuco, que acogió el recurso de protección Rol N° 3.365-2015, acción judicial interpuesta por don Oscar Seguel Viveros en contra del dictamen N° 48.132, de 2015, pronunciamiento este último que concluyó, en lo que interesa, que correspondía normalizar la provisión del cargo de jefe del Departamento de Administración de Educación Municipal de la comuna de Lautaro, toda vez que el título de profesor de educación general básica otorgado en 1994 por la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación al recurrente -quien fue designado para ocupar el aludido empleo-, no contemplaba la licenciatura de educación que, para obtener ese título, exige el inciso segundo, letra m), del artículo 63, del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 20.370 con las Normas No Derogadas del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2005. Sobre el particular, corresponde manifestar que este Organismo Contralor -con ocasión de la emisión de dicho pronunciamiento-, realizó el análisis de la situación que afecta al señor Seguel Viveros, solicitando a esa casa de estudios superiores, que ratificara si efectivamente el requirente obtuvo el grado académico de licenciado en educación, en los términos previstos por la aludida normativa. Pues bien, solo como consecuencia del informe solicitado por la Iltma. Corte de Apelaciones de Temuco en el recurso de protección Rol N° 3.365-2015, el antedicho organismo universitario adjuntó en autos el decreto exento N° 09, de 1996, de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, el cual indica que los egresados de la Carreras Pedagógicas de la Promoción 1991 en adelante, obtendrán el Grado de Licenciado en Educación para cuyos efectos deberán haber cursado y aprobado todo el Plan de Estudio incluido el Seminario de Tesis o Memoria, antecedente que no fue acompañado ni mencionado en ninguna de las ocasiones en que esta Entidad Fiscalizadora solicitó la opinión de dicha autoridad académica. En las condiciones anotadas, se reconsidera el dictamen N° 48.132, de 2015, en el sentido de que, al constar de los nuevos antecedentes tenidos a la vista, que el señor Seguel Viveros obtuvo el grado académico de licenciatura que requiere el título de profesor de educacióngeneral básica -exigido por el citado inciso segundo, letra m), del artículo 63, del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación-, es posible concluir que el aludido funcionario cumple con los requisitos legales para ocupar el cargo de jefe de Departamento de Administración de Educación Municipal de la comuna de Lautaro. Transcríbase a la Municipalidad de Lautaro, a la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, a los señores Cristián Herrera González, Raúl Schifferli Díaz, Carlos Gutiérrez Olguín, Ricardo Jaramillo Galindo y a la Contraloría Regional de La Araucanía. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 097762N15, de 11 de diciembre de 2015.
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