Contraloría General de la República · N° 021379N11
Dictamen N° 21.379, de 7 de abril de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 21.379 Fecha: 7-IV-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Sebastián Aníbal Ibáñez López, RUT N° 15.973.621-0, aspirante a oficial policial, de dotación de la Escuela de Investigaciones Policiales, de la Policía de Investigaciones de Chile, a fin de solicitar la condonación, o en subsidio facilidades de pago, para reintegrar la suma de $ 241.755, que adeuda. Al respecto, cabe hacer presente que la deuda se produjo por un error imputable a la Institución, al pagarle remuneraciones como asistente policial asimilado al grado 18, durante los meses de febrero y marzo de 2009, en circunstancias que no le correspondía, por cuanto sólo se desempeñó en esa calidad hasta el 1 de febrero de 2009, incorporándose como aspirante a oficial policial a contar de esa fecha, sin que le asista el derecho a percibir remuneraciones, de acuerdo al criterio contenido en el dictamen N° 5.387, de 2011, de esta Entidad Fiscalizadora De acuerdo a lo expuesto, cabe señalar que actualmente el señor Ibáñez López no es funcionario público, y carece de remuneraciones sobre las cuales pueda hacerse exigible esa obligación mediante el procedimiento de reintegro establecido en el artículo 67 de la ley N° 10.336, no obstante lo cual, se ha registrado el cargo pecuniario en su contra, para hacerlo efectivo en los emolumentos que en el futuro pudiese percibir, en el evento que se incorpore a la Administración del Estado. Sin perjuicio de lo anterior, la citada institución policial deberá adoptar las medidas pertinentes para el cobro de esa suma, y obtener la restitución de lo adeudado, por las vías que correspondan, de lo cual deberá informar oportunamente a este Organismo de Control. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 021379N11, de 7 de abril de 2011.
Más sobre Descuentos, Reintegros y Condonaciones
-
El dictamen concluye que, durante el permiso de la ley SANNA, el subsidio reemplaza la remuneración y no procede pagar ambas, aunque el subsidio sea menor. Por eso el Hospital actuó correctamente al exigir la restitución de las remuneraciones pagadas.
-
La incompatibilidad de percibir beneficios por un mismo concepto rige aunque cambie su fuente de financiamiento, y la asignación convencional de zona se mantiene vía planilla complementaria mientras no se renuncie a ella.
-
La Contraloría determina cómo registrar contablemente la variación de la UTM y los intereses de deudas por licencias médicas rechazadas: la UTM incrementa la cuenta 12101 Deudores contra ingresos patrimoniales, y los intereses se devengan en la cuenta 11508, traspasándose luego a la Tesorería General.
Todos los pronunciamientos sobre Descuentos, Reintegros y Condonaciones
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.