Contraloría General de la República · N° 024465N12
Dictamen N° 24.465, de 26 de abril de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 24.465 Fecha: 26-IV-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Comandante del Comando de Personal del Ejército, para solicitar una prórroga del plazo que dispone el personal de esa institución castrense, para presentar o actualizar las declaraciones de intereses y de patrimonio. Sobre el particular, cabe manifestar que los artículos 59 y 60 D, de la ley N° 18.575, disponen que las declaraciones de intereses y de patrimonio, respectivamente, serán públicas y deberán actualizarse cada cuatro años, y cada vez que ocurra un hecho relevante que la modifique, en el caso de la primera, y al ser nombrado en un nuevo cargo como al concluir funciones en él, tratándose de la segunda. Enseguida, se debe indicar que el inciso final del citado artículo 60 D, señala que la declaración de patrimonio tiene que ser presentada dentro de los treinta días siguientes a la asunción en el cargo o la ocurrencia de alguna situación que obligue a renovarla; idéntico plazo que el artículo 11 del decreto N° 99, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento para la Declaración de Intereses, otorga para entregar esta última. Al respecto, resulta menester hacer presente que ni la citada ley N° 18.575, ni el mencionado decreto N° 99, de 2000, contienen alguna disposición que permita a los funcionarios que deben efectuar tales declaraciones, obtener una prórroga del plazo para realizar esa actuación, como tampoco faculta a esta Entidad de Control para autorizar la extensión de aquél. Lo anterior, habida cuenta que el artículo 65 del referido texto legal, dispone que la no presentación oportuna de las aludidas declaraciones -esto es, una vez transcurridos los treinta días desde que son exigibles-, o el incumplimiento de la obligación de actualizarlas, será sancionado con multa en las cantidades que, para cada caso, se indican. Por consiguiente, en mérito de lo expuesto, cabe concluir que no es procedente acoger la solicitud formulada por el Ejército, en orden a conceder una prórroga para que los empleados de que se trata, presenten o actualicen las referidas declaraciones. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 024465N12, de 26 de abril de 2012.
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