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Contraloría General de la República · N° 051789N13

Dictamen N° 51.789, de 14 de agosto de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 51.789 Fecha: 14-VIII-2013 Mediante el documento de la suma, y con motivo de una presentación por la que don Jaime Arellano Quintana, en representación de las concesionarias de servicio público de distribución eléctrica que individualizó, solicitó un pronunciamiento acerca de la legalidad de lo dispuesto en los números 14, del instructivo sobre paralelismos en caminos públicos, y 6.1, del instructivo sobre atraviesos en tales caminos, ambos contenidos en el oficio N° 1.029, de 2007, de la Dirección de Vialidad, este Organismo de Control manifestó, en síntesis, que lo establecido en aquellos numerales importa exigencias a particulares -que, por lo demás, dicen relación con el establecimiento de registros en los términos aludidos en ese dictamen-, a cuyo respecto no se advierte el fundamento normativo. En mérito de lo anterior, se consignó, asimismo, que la Dirección de Vialidad debe adoptar, a la brevedad, las medidas destinadas a adecuar los instructivos de la especie al criterio contenido en aquel dictamen. En relación con lo expuesto, el particular antes individualizado expresa que no obstante lo antedicho, diversas unidades regionales de dicha Dirección continuarían efectuando -a las concesionarias que representa, y en el marco de la autorización de los proyectos que menciona- las exigencias observadas por esta Sede Contralora. Requerido su informe, esa misma Dirección, luego de señalar una serie de consideraciones sobre el particular, da cuenta de la emisión de su oficio N° 7.287, del año en curso, precisando que si bien éste no se elaboró inmediatamente de recibido el pronunciamiento de que se trata, el mismo refleja su actual cumplimiento. Añade, por otra parte, que “se encuentra en preparación una modificación a los instructivos ya mencionados, acogiendo lo concluido expresamente por ese Órgano de Control en su dictamen N° 17.815, de 2013”. Cabe puntualizar que en el oficio N° 7.287, de 2013, precitado, el Jefe de la División de Ingeniería de la Dirección de Vialidad solicita a todos los niveles regionales de esa repartición atender a lo manifestado por esta Entidad de Fiscalización sobre la materia, dejando sin efecto la exigencia señalada en los referidos numerales. Al respecto, cumple con consignar que atendido lo comunicado en el informe proporcionado por esa Dirección, y en el entendido de que las situaciones específicamente aludidas por el afectado serán, acorde con tal informe, subsanadas en lo que corresponda, esta Contraloría General estima superada las circunstancias que motivaron el reclamo que se atiende. Sin perjuicio de ello, es menester reiterar a esa autoridad administrativa lo señalado en el dictamen N° 17.815, de 2013, mencionado, en orden a que deberá, a la brevedad, adecuar los instructivos en comento, según el criterio contenido en ese pronunciamiento, informando de ello a este Ente Contralor dentro del plazo de 10 días de recibido el presente oficio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 051789N13, de 14 de agosto de 2013.

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