Contraloría General de la República · Control de la Contraloría
Rendición de Cuentas y Juicio de Cuentas
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Rendición de Cuentas y Juicio de Cuentas, del más reciente al más antiguo. Página 3.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, que incluye Rendición de Cuentas y Juicio de Cuentas, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la ContraloríaPronunciamientos
-
La Contraloría concluye que en las rendiciones de cuentas de los programas de reforzamiento de atención primaria deben incluirse todos los estipendios que constituyan remuneración según la ley N° 19.378 y la jurisprudencia, no solo el sueldo base y la asignación de atención primaria municipal, por lo que el Servicio de Salud de O'Higgins debe dejar sin efecto su oficio N° 1.294 de 2022 y ajustar las rendiciones ya efectuadas a este criterio.
-
La Contraloría rechaza extender el procedimiento simplificado de rendición de cuentas solicitado por la ANID, pues la alerta sanitaria que lo justificaba expiró el 31 de agosto de 2023, sin que proceda mantenerlo más allá de ese plazo.
-
La Contraloría rechaza la reconsideración del dictamen E240659 de 2022 y confirma que el SERNATUR debe restituir los recursos observados del FONDEMA, pues no se aportaron antecedentes nuevos que subsanen las observaciones.
-
La Contraloría concluye que no procede financiar con los recursos transferidos los costos de las boletas de garantía exigidas en el convenio, pues este no previó ese destino, y que fue correcto su rechazo por la Subsecretaría.
-
La Contraloría concluye que la Dirección del Trabajo debe mantener en papel los respaldos de pagos a proveedores, pues no acreditó que hayan sido revisados definitivamente por ese organismo, requisito para poder eliminarlos tras su digitalización.
-
La Contraloría extiende, por caso fortuito (alerta sanitaria vigente), el procedimiento simplificado de rendición de cuentas digitales de la ANID entre abril de 2022 y agosto de 2023, pero rechaza que los originales queden en poder de los privados por no acreditar medidas de resguardo.
-
La Contraloría toma razón del documento que aprueba el convenio de desempeño entre la Subsecretaría de Ciencia y la ANID, ajustado a derecho, con el alcance de que el envío digital del expediente de rendición no exime de remitir la documentación original en papel.
-
La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el convenio de desempeño 2023 entre las subsecretarías de Ciencia y Agricultura y la FIA, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la FIA no cuenta con autorización para mantener la documentación de rendición de cuentas.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que determina el monto a distribuir entre municipalidades por compensación de predios exentos, por ajustarse a derecho, con el alcance de que el traspaso de caudales debe sujetarse a la resolución N° 30, de 2015, sobre rendición de cuentas.
-
La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el convenio de transferencia de recursos entre la Subsecretaría de Energía y la Agencia Chilena de Eficiencia Energética, por ajustarse a derecho, con el alcance de que esa secretaría debe aplicar ciertas resoluciones sobre rendición de cuentas en armonía con la resolución N° 30, de 2015, de Contraloría.
-
La Contraloría concluye que no puede condonar el interés penal del 1% mensual porque deriva de una sentencia judicial firme del Juzgado de Cuentas, y confirma que el cálculo de ese interés contenido en el oficio N° E37913, de 2020, es correcto.
-
La Contraloría rechaza extender el procedimiento simplificado de rendición de cuentas a las subvenciones SEP y por concentración de alumnos prioritarios, pues, a diferencia de la subvención gratuita, tienen un fin especial definido por ley y el PME que exige cautelar su destino.
-
La Contraloría autoriza, como excepción, que las transferencias de la asignación 24-01-003 del programa FET-COVID19 se rindan mediante el procedimiento simplificado del dictamen N° 7.813, de 2020, con un comprobante de ingreso distinto al Sistema de Gestión de Pago de Subvenciones.
-
La Contraloría concluye que la JUNJI puede transferir nuevos fondos al SLEP de Chinchorro pese a observaciones en la rendición, para no paralizar el servicio educacional, y que no hay inconveniente en pactar el reintegro en cuotas.
-
La Contraloría rechaza los reclamos del Hospital Sótero del Río y mantiene la observación: debe recuperar $81.574.570 pagados en reajustes, intereses y costas por no rechazar ni pagar oportunamente las facturas, sin que el avenimiento judicial altere esa conclusión.
-
La Contraloría autoriza un procedimiento simplificado y excepcional para que las agregadurías militares en el exterior rindan cuentas con documentos digitalizados y firmados electrónicamente, en lugar de los originales, debiendo el Ejército cotejarlos después con los documentos en papel recibidos por valija diplomática.
-
La Contraloría concluye que el SERNATUR debe restituir los recursos observados por los gobiernos regionales, reintegrándolos a Rentas Generales de la Nación, sin perjuicio de convenios de pago que no eludan la restitución oportuna.
-
El dictamen precisa que las corporaciones municipales culturales o deportivas quedan sujetas al mismo régimen de responsabilidad en el manejo de fondos públicos que las de educación y salud, pudiendo formularse reparos ante el Tribunal de Cuentas contra quienes administren esos recursos.
-
La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el convenio de transferencia de recursos entre la Subsecretaría de Energía y la Agencia Chilena de Eficiencia Energética, con alcances: esa secretaría deberá aplicar ciertas resoluciones sobre rendición de cuentas.