Servicio de Impuestos Internos
Oficio N° 1610, de 31 de mayo de 2023
Oficio Ordinario SII N° 1610 (31/05/2023)
Texto del pronunciamiento
RENTA – LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 30, ART. 31– CIRCULAR N° 53 DE 2020 (ORD. N° 1610, DE 31.05.2023). Tratamiento tributario del pago de primas de seguro de vida individuales. De acuerdo con los antecedentes, se ha trasladado a este Servicio su presentación, consultando qué seguros de vida pueden ser tratados como gastos por el contratante, agregando que la consulta está relacionada sólo con seguros de vida individual. Al respecto, y en el entendido que consulta sobre la posibilidad de rebajar las primas de seguros individuales como gasto tributario de alguna actividad empresarial del contratante del seguro de vida individual, cabe expresar que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), la renta líquida de las contribuyentes de la primera categoría se determina deduciendo de la renta bruta todos los gastos necesarios para producirla, entendiendo por tales aquellos que tengan aptitud de generar renta, en el mismo o futuros ejercicios y se encuentren asociados al interés, desarrollo o mantención del giro del negocio, que no hayan sido rebajados en virtud del artículo 30, pagados o adeudados, durante el ejercicio comercial correspondiente, siempre que se acrediten o justifiquen en forma fehaciente ante el Servicio1. Luego, las primas de seguros referidas en su consulta (seguros de vida individual con ahorros y sin ahorros), no se subsumen bajo la definición de gastos necesarios para producir la renta por cuanto no se encontrarían asociados al interés, desarrollo o mantención del giro de algún negocio del contratante del seguro, sino a gastos de índole personal de éste. En consecuencia, no pueden ser rebajados como gasto tributario de la empresa del contratante. HERNÁN FRIGOLETT CORDOVA DIRECTOR Oficio N° 1610, de 31.05.2023 Subdirección Normativa Depto. de Impuesto Directos 1 Ver instrucciones en la Circular N° 53 de 2020.
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 1610, de 31 de mayo de 2023.
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