Servicio de Impuestos Internos
Oficio N° 606, de 28 de febrero de 2022
Oficio Ordinario SII N° 606 (28/02/2022)
Texto del pronunciamiento
RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 41 (ORD. N° 606 DE 28.02.2022). Corrección monetaria de departamentos, estacionamientos, bodegas y bicicleteros, en etapa de construcción y cuando son terminados. De acuerdo con su presentación, se consulta sobre la corrección monetaria a aplicar por las inmobiliarias o constructoras sobre el costo de “existencias en proceso” y “existencias terminadas”, para lo cual detalla los costos y gastos que se activan al momento del pago que tienen relación con el proyecto inmobiliario y que luego, una vez terminado el proyecto, se distribuyen de acuerdo a los metros cuadrados de cada bien. Al respecto se informa que, para los contribuyentes de la primera categoría que declaren sus rentas efectivas demostradas mediante balance general, el artículo 41 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) contiene las normas generales por las cuales deben regirse, para efectos tributarios, en la revalorización de sus activos y pasivos. La actividad inmobiliaria consultada debe ceñirse a las disposiciones del citado artículo para la actualización de los activos que se mantengan en existencia al 31 de diciembre de cada año. Considerando lo dispuesto en el N° 3 del artículo 41 de la LIR, los desembolsos que componen el costo de los activos existencias en proceso y existencias terminadas, deben ser actualizados en la variación del índice de precios al consumidor ocurrida entre el mes anterior a la fecha del desembolso y el mes anterior al término del ejercicio, conforme a las instrucciones impartidas a través de la Circular N°100 de 1975. Saluda a usted, FERNANDO BARRAZA LUENGO DIRECTOR Oficio N° 606 del 28-02-2022 Subdirección Normativa Depto. de Impuesto Directos
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 606, de 28 de febrero de 2022.
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