Servicio de Impuestos Internos
Resolución N° 115, de 27 de agosto de 2025
Resolución Exenta SII N° 115 de 2025 — Modifica resolución Ex. SII N° 123 de 2019, que establece forma y plazo para que las municipalidades informen al servicio de impuestos internos la nómina de bien
Texto del pronunciamiento
SUBDIRECCIÓN DE AVALUACIONES DEPARTAMENTO DE TASACIONES GE 00336916 MODIFICA RESOLUCIÓN EX. SII N° 123 DE 2019, QUE ESTABLECE FORMA Y PLAZO PARA QUE LAS MUNICIPALIDADES INFORMEN AL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS LA NÓMINA DE BIENES RAÍCES NO AGRÍCOLAS QUE CORRESPONDAN A SITIOS NO EDIFICADOS, PROPIEDADES ABANDONADAS O POZOS LASTREROS, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 8° DE LA LEY N° 17.235. SANTIAGO, 27 AGOSTO DE 2025. RESOLUCIÓN EX. SII N°115.- VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del Decreto con Fuerza de Ley N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda; el artículo 6°, letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del Decreto Ley N° 830 de 1974; los artículos 3° y 8° de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado se contiene en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 1998, del Ministerio de Hacienda; el Decreto N° 47 de 1992, que fija el nuevo texto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 58 bis del Decreto Ley N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, cuyo texto refundido y sistematizado se contiene en el Decreto N° 2385 de 1996, del Ministerio del Interior; y el N° 2 del artículo tercero de la Ley N° 21.078, sobre transparencia del mercado del suelo e impuesto al aumento de valor por ampliación del límite urbano, y CONSIDERANDO: 1° Que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso décimo del artículo 3° de la Ley N° 17.235, el Servicio de Impuestos Internos tasará con vigencia a contar del 1° de enero de cada año, los bienes raíces no agrícolas que correspondan a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros, ubicados en áreas urbanas. 2° Que, mediante la Resolución Ex. SII N° 123 de 2019, se estableció la forma y plazo para que, en conformidad con lo prescrito en el inciso final del artículo 8° de la Ley sobre Impuesto Territorial, las municipalidades informen al Servicio de Impuestos Internos la nómina de bienes raíces no agrícolas, que correspondan a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros, ubicados en áreas urbanas, disponiendo para ello una aplicación web denominada “Declaración municipal sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros”. 3° Que, para optimizar el procesamiento de los datos informados por las municipalidades, resulta necesario modificar la fecha en que dicha aplicación web estará disponible para los municipios.
SE RESUELVE: 1° MODIFÍCASE el tercer párrafo del resolutivo 1° de la Resolución Exenta SII N° 123 de 2019, por el siguiente texto: “La aplicación web se encontrará disponible a partir del primer día hábil y hasta el último día hábil del mes de octubre de cada año, período en el cual los municipios deberán cumplir con la obligación de informar la nómina de tales propiedades.” 2° La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en extracto en el Diario Oficial. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL DIRECTORA (S) PMC Distribución: - Internet - Diario Oficial, en extracto
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Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Resolución N° 115, de 27 de agosto de 2025.
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