Devolución por utilidades absorbidas pedida antes de la Ley 20.420: plazo y prescripción
Corte Suprema · Segunda Sala · Rol 16511-2015 · 7 de junio de 2016
- Tribunal
- Corte Suprema, Segunda Sala
- Rol
- 16511-2015
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Rechaza casacion en el fondo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 16511-2015 (7 de junio de 2016), rechaza la casación de Inversiones Etex Chile Limitada: el plazo de doce meses del artículo 59 del Código Tributario no rige para solicitudes anteriores a la Ley 20.420, y no denunció el artículo 36.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] atendido que el inciso final del artículo 59 incorporado por la Ley N° 20.420 regla el plazo para fiscalizar y resolver solicitudes de devolución de PPUA, la aplicación de esa norma conforme al artículo 9 del Código Civil, por remisión a éste del artículo 2 del Código Tributario, conlleva que sólo las solicitudes de devolución de PPUA presentadas a contar de la entrada en vigencia de la Ley N° 20.420 -19 de febrero de 2010- deberán ser fiscalizadas y resueltas por el Servicio dentro del plazo de 12 meses desde la solicitud.»
Corte Suprema, Rol 16511-2015 «[…] atendido que el inciso final del artículo 59 incorporado por la Ley N° 20.420 regla el plazo para fiscalizar y resolver solicitudes de devolución de PPUA, la aplicación de esa norma conforme al artículo 9 del Código Civil, por remisión a éste del artículo 2 del Código Tributario, conlleva que sólo las solicitudes de devolución de PPUA presentadas a contar de la entrada en vigencia de la Ley N° 20.420 -19 de febrero de 2010- deberán ser fiscalizadas y resueltas por el Servicio dentro del plazo de 12 meses desde la solicitud.» (Corte Suprema, Rol 16511-2015). «[…] atendido que el inciso final del artículo 59 incorporado por la Ley N° 20.420 regla el plazo para fiscalizar y resolver solicitudes de devolución de PPUA, la aplicación de esa norma conforme al artículo 9 del Código Civil, por remisión a éste del artículo 2 del Código Tributario, conlleva que sólo las solicitudes de devolución de PPUA presentadas a contar de la entrada en vigencia de la Ley N° 20.420 -19 de febrero de 2010- deberán ser fiscalizadas y resueltas por el Servicio dentro del plazo de 12 meses desde la solicitud.» (Corte Suprema, Rol 16511-2015). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/16511-2015-del-07-06-2016#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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