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Folium

Legado de los dineros depositados en un banco de Lima retirados por un tercero

Corte Suprema · Primera Sala · Rol 16620-2016 · 24 de noviembre de 2016

Tribunal
Corte Suprema, Primera Sala
Rol
16620-2016
Fecha
Recurso
Casación fondo (civil)
Resultado
Rechaza casacion en el fondo

Qué decidió

La Corte Suprema, en el Rol 16620-2016 (24 de noviembre de 2016), rechaza la casación de la demandante: el legado de esos dineros es de especie y de efecto real, por lo que la legataria debe accionar contra el banco deudor y no contra la heredera ni los albaceas.

Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.

Lo que dice el fallo

«[…] el legatario se hace titular del crédito o cosa legada desde la muerte de la causante, surge también que sea éste quien como acreedor deba ejercer las acciones que le asisten respecto del deudor del cumplimiento de su obligación de restituir el dinero debido, resultando improcedente la extensión que en este sentido pretende hacer a la heredera universal o albaceas testamentarios […]»

Corte Suprema, Rol 16620-2016

Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.

Fuente oficial

Base Jurisprudencial del Poder Judicial

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