Recusación amistosa resuelta por un solo ministro: nulidad de oficio
Corte Suprema · Tercera Sala · Rol 3207-2009 · 13 de julio de 2011
- Tribunal
- Corte Suprema, Tercera Sala
- Rol
- 3207-2009
- Fecha
- Recurso
- Casación forma y fondo (civil)
- Resultado
- Anula de oficio casacion
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 3207-2009 (13 de julio de 2011), anula de oficio la resolución que rechazó la recusación amistosa, firmada por un solo integrante de la sala, y la sentencia de alzada; tiene por no presentadas las casaciones.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] Tratándose en la especie de la segunda hipótesis, correspondía al tribunal colegiado resolver si aceptaba o no la inhabilidad que le fuera formulada en relación a uno de sus miembros, mandato legal que no se cumplió pues, como se señaló, no aparece pronunciada por el tribunal pluripersonal llamado a dirimir el asunto.»
Corte Suprema, Rol 3207-2009 «[…] Tratándose en la especie de la segunda hipótesis, correspondía al tribunal colegiado resolver si aceptaba o no la inhabilidad que le fuera formulada en relación a uno de sus miembros, mandato legal que no se cumplió pues, como se señaló, no aparece pronunciada por el tribunal pluripersonal llamado a dirimir el asunto.» (Corte Suprema, Rol 3207-2009). «[…] Tratándose en la especie de la segunda hipótesis, correspondía al tribunal colegiado resolver si aceptaba o no la inhabilidad que le fuera formulada en relación a uno de sus miembros, mandato legal que no se cumplió pues, como se señaló, no aparece pronunciada por el tribunal pluripersonal llamado a dirimir el asunto.» (Corte Suprema, Rol 3207-2009). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/3207-2009-del-13-07-2011#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
¿Vas a citar este u otro fallo? Revisa si el pasaje aparece textual.
Crea tu cuenta de prueba para leer el fallo completo en Folium, buscar en él y guardarlo en tus documentos.
Crear cuenta de pruebaNormas que aplica
- Art. 84 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 83 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 196 · Código Orgánico de Tribunales
- Art. 169 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 61 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 267 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 124 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 370 · Código de Procedimiento Civil