Abandono del procedimiento: el plazo de seis meses no se suspende en feriados
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 3347-2025 · 5 de marzo de 2025
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 3347-2025
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Rechaza casación en el fondo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 3347-2025 (5 de marzo de 2025), rechaza la casación en el fondo del demandante: pasaron seis meses sin gestión útil y el artículo 66 del Código de Procedimiento Civil no suspende ese plazo en feriados, pues solo rige para plazos de días.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] pese a que era el actor quien tenía la carga de dar impulso al proceso y debió, de propia iniciativa, efectuar todas las gestiones o actuaciones conducentes a dar curso progresivo a los autos […]»
Corte Suprema, Rol 3347-2025 «[…] pese a que era el actor quien tenía la carga de dar impulso al proceso y debió, de propia iniciativa, efectuar todas las gestiones o actuaciones conducentes a dar curso progresivo a los autos […]» (Corte Suprema, Rol 3347-2025). «[…] pese a que era el actor quien tenía la carga de dar impulso al proceso y debió, de propia iniciativa, efectuar todas las gestiones o actuaciones conducentes a dar curso progresivo a los autos […]» (Corte Suprema, Rol 3347-2025). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/3347-2025-del-05-03-2025#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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