Texto de la sentencia
CONTAC INGENIEROS LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO
ORIENTE.
RUC: 17-9-0000068-5
RIT: GR-17-00024-2017
Providencia, treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete.
Proveyendo la presentación de fecha 25 de enero de 2017, a fojas 11 y
siguientes:
A LO PRINCIPAL: Conforme lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 20.322, en los
artículos 115, 124 y siguientes del Código Tributario, y en los artículos 109, 111 y 113 del
Código Orgánico de Tribunales. Apareciendo que las alegaciones formuladas por la
reclamante se refieren a la impugnación de diligencias y resoluciones dictadas por el Tribunal
Tributario de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de
Impuestos Internos, en causa ROL N° 10.231-05, respecto a las cuales este Tribunal
Tributario y Aduanero carece absolutamente de competencia, toda vez que los actos
reclamados fueron dictados en cumplimiento de la sentencia ejecutoriada dictada en la
referida causa con fecha 06.07.2016. Y existiendo juicio pendiente de tramitación
sustanciado ante el Segundo Juzgado Civil de Santiago, en causa ROL C-1374-2017, donde
se ventilan las nulidades de Derecho Público alegadas en la presente causa:
DECLÁRASE INCOMPETENTE este Tribunal Tributario y Aduanero. OCÚRRASE
ante quien corresponda.
AL PRIMER Y SEGUNDO OTROSÍES: ESTESE a lo resuelto precedentemente.
AL QUINTO Y SEXTO OTROSÍES: TÉNGASE presente.
AL TERCER OTROSÍ: TÉNGASE por acompañados los documentos de fojas 3 a 10.
Respecto de los documentos singularizados conforme ítem de código de barras de fojas 2,
TÉNGASE por acompañados y CUSTÓDIENSE por la señora Secretaria Abogada
Subrogante del Tribunal. DEVUÉLVANSE en su oportunidad.
AL CUARTO OTROSÍ: Conforme lo dispuesto en el artículo 131 bis del Código
Tributario, NO HA LUGAR. Sin perjuicio de lo anterior, DESE AVISO a los correos
electrónicos indicados, conforme el inciso 5 del mismo artículo.
NOTIFÍQUESE a la compareciente por carta certificada en la dirección señalada en
su presentación. PUBLÍQUESE la presente resolución en la página en internet del Tribunal.
REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE los antecedentes en su oportunidad.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 31-03-2017.
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Timbre Electrónico
Proveyó doña DORA BASTÍA SANTANDER, Jueza Titular del Tercer Tribunal
Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana.
Autorizó doña ÁNGELA VILLA MUÑOZ, Secretaria Abogada Subrogante del Tercer
Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana.
Dora Luisa Bastía Santander
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 31-03-2017.
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Timbre Electrónico
2017-03-31T14:00:44-0300
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.